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En la cultura también hay delitos transnacionales

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Se entiende por “delito transnacional” aquella acción criminal cuya consecuencia trasciende las fronteras de los países, generalmente bajo la figura de una organización delictiva dedicada a uno o más delitos, conexos o diversificados. La característica de este tipo de delitos, es que además de la posibilidad de traspasar las fronteras, sus efectos causan perjuicios en otros países, incluso en países de tránsito. Por ejemplo, la trata de personas, el narcotráfico, el terrorismo y los delitos vinculados con la falsificación en el ámbito de la cultura y obras de arte. Sobre este último punto, existe la Convención sobre Tráfico Ilícito de Bienes Culturales de la UNESCO de 1970, cuyo objetivo es impedir la importación, exportación y transferencia de bienes culturales, cuyo complemento es el Convenio de UNIDROIT de 1995, por el cual los Estados adoptan un criterio uniforme sobre la restitución de objetos culturales que hubieran sido importados o exportados ilícitamente.

La globalización y los nuevos medios tecnológicos, sumados también al aumento de la exclusión social y la pobreza, resultan un caldo de cultivo propicio para que organizaciones delictivas cuenten con medios y recursos humanos para sus actividades, lo que constituye un desafío político y por supuesto jurídico de vital importancia para la estabilidad y el desarrollo. Ante ello, se han creado mecanismos de cooperación internacional para enfrentar dichas situaciones, incluso hasta la creación de una Corte Penal Internacional. En tal sentido, podría ser importante pensar en la creación de una Corte Penal del Mercosur ó de países Sudamericanos, para el juzgamiento de estos tipos delictivos.

En el ámbito del arte y la cultura, la falsificación es mayor de lo que se piensa y, con el “apoyo” de internet, su desarrollo aumenta, dando lugar a estafas millonarias. Existen obras que se venden como originales pero no lo son, con una enorme cantidad de elementos que pueden ser objeto de falsificación, desde la paleontología, pinturas, esculturas, instrumentos musicales, libros, etc; que involucran a expositores y vendedores de obras falsas, como también a quienes sean sus compradores. En este último caso y para evitar ser parte de este delito, quienes vayan a comprar bienes culturales cuya procedencia pueda ser dudosa, pueden consultar el sitio web de Interpol que contiene un apartado sobre obras de arte para saber así si se encuentra en un listado de obras falsificadas.

Se trata de un delito millonario que disputa el cetro a delitos como el narcotráfico, el tráfico de armas y la trata de personas, como para considerar la gravedad de lo que representa, formando parte de un comercio internacional ilegal que mueve millones de dólares y euros en el mundo, lo que requiere de ingenio y adaptación normativa ante nuevas metodologías de comercialización. Para ello, la edición de catálogos puede ser una herramienta importante para poder consultar.

Se debe también tener en cuenta que para cerrar el círculo de la falsificación, debe existir también la firma falsa del autor, de lo contrario sería la simple copia de una obra conocida y que no tendría valor comercial suficiente para el delito. Aunque incluso también suelen emitirse certificados falsos acerca de la autoría de la obra.

Estos delitos, al ser transnacionales, se vinculan con el contrabando, la evasión impositiva y, en algunos casos, también la explotación laboral. Por ello, resulta de vital importancia la capacitación, información, registro de bienes culturales sustraídos y falsificados y protocolos de actuación, en conjunto con los controles aduaneros, que sirvan no solamente para proteger los derechos sobre las obras, sino también concientizar acerca de la gravedad y las consecuencias legales en relación a quienes por necesidad, son utilizados por organizaciones delictivas para este tipo de delitos; además del perjuicio al patrimonio cultural en la amplitud del término, que excede lo económico. 

Por: Dr. Guillermo Sueldo 

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