Con la Resolución 5288/2022, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dió a conocer el nuevo régimen de importación y exportación de mercaderías por parte de empresas habilitadas como Prestadores de Servicios Postales/Courier, conforme a lineamientos operativos que la misma AFIP ha considerado para ello.
Según se expresa en la normativa, publicada este miércoles (16.11.2022) en el Boletín Oficial, esta actualización se da en el marco una solicitud de la asociación industriales pymes argentinos, quienes presentaron una reconsideración de los valores fijados por Resolución General anterior N° 5.260/2022.
De acuerdo a ello, se ha resuelto que aquellas importaciones por este servicio que estén destinadas a personas humanas o jurídicas, conformados por hasta tres (3) unidades de la misma especie y que no presuman finalidad comercial, donde el peso total del envío sea de hasta cincuenta kilogramos (50 kg) y el valor FOB de las mercaderías consignadas a un mismo destinatario no excedan los dólares estadounidenses un mil (USD 1.000.-) por vuelo.
En el caso de que la mercadería a importarse fuera destinada a operadores inscriptos en el “Registro de Empresas MiPyMES”, en el marco de la Ley N°24.467 y sus modificaciones, y se tratará de insumos y mercaderías necesarias para favorecer la producción de aquellos bienes inherentes al sector productivo, se estirará a USD3.000.
Además, este tipo de envíos solo podrán ser utilizados hasta cinco veces por año.
Prescisamente, esta medida de aplicación inmediata fue anunciada por el titular de la Aduana, Guillermo Michel, ayer en el 3° Congreso Industrial del Consenso Nacional del Trabajo y la Producción.
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