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Gobierno actualizó el protocolo para el transporte de pasajeros y de carga

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La Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) actualizó el protocolo del «Plan de Emergencia Covid-19 para el transporte automotor», a través de la Disposición 28/2020.

La medida, publicada este martes (28.04.2020) en el Boletín Oficial, dispuso que la actualización de las medidas de prevensión alcanza la actividad de los operadores de transporte automotor de pasajeros y de carga generales y peligrosas de jurisdicción nacional y para los concesionarios de las terminales de ómnibus y ferroautomotoras controladas o a controlar por la CNRT.

La normativa explica que «se a visto las estadísticas de contagio especialmente en la zona del AMBA, (gran Buenos Aires y Ciudad Autónoma de Buenos Aires), como así también el crecimiento constatado de pasajeros transportados en los últimos 30 días, se impone extremar las medidas preventivas de cuidado, aislamiento, distancia, desinfección, ventilación y utilización de elementos de protección personal«.

También, el documento agrega que en el marco de la emergencia corresponde sumar dichas medidas a las ya adoptadas desde el inicio del aislamiento social preventivo y obligatorio «con el objeto de minimizar los efectos de la propagación del virus y su impacto sanitario«. 

Medidas de prevención generales y comunes para todos los destinatarios:

  • Extremar las acciones tendientes a incrementar las condiciones de higiene en las unidades de transporte, cabeceras, terminales de ómnibus, ferroautomotoras y en todos los sitios donde transiten o permanezcan todos los actores vinculados a la actividad de los sujetos alcanzados.
  • Incrementar el cuidado del personal asignado a la prestación de los servicios, mediante la colocación de suministros de alcohol en gel, soluciones a base de alcohol y/o cualquier otro insumo que recomiende el Ministerio de Salud, en lugares de fácil acceso.
  • Supervisar que los suministros para el lavado de manos (es decir, jabón antibacterial, toallas desechables) estén constantemente disponibles.
  • Proveer diariamente de barbijos a los conductores y demás empleados que desarrollen tareas vinculadas a la actividad en las distintas instalaciones fijas de las empresas y/o en las terminales de ómnibus o ferroautomotoras.
  • Implementar el teletrabajo y ejecución de tareas a distancia en todos los casos que no se correspondan con trabajos esenciales propios de la actividad.
  • Minimizar el contacto físico a través de la circulación de elementos, incluidos papeles y dinero, y fomentar el uso digital en cualquier transacción.
  • Instruir en forma permanente y comunicar eficientemente a todo el personal involucrado, sobre las indicaciones de distanciamiento social aprobadas por el Ministerio de Salud como así también de todas aquellas normas y medidas impartidas por dicha autoridad en el marco de la emergencia sanitaria.
  • Notificar y capacitar al personal respecto a los protocolos y normas emitidas por las autoridades nacionales y provinciales relacionadas a la pandemia COVID-19.
  • Establecer y poner a disposición de todos los actores involucrados, un plan de contingencia COVID-19 que contemple como mínimo: lugares específicos de aislamiento dentro de las instalaciones, y en caso de ser necesario, de uso exclusivo fuera de éstas; números telefónicos de servicios médicos donde contactarse ante un caso sospechoso, una situación de crisis o una emergencia sanitaria; identificación de los lugares donde se encuentran disponibles los elementos que garantizan la higiene y los equipos de protección personal; medidas de desinfección.
  • Observar y dar estricto cumplimiento a las medidas obligatorias y recomendaciones impartidas por el Ministerio de Salud de la Nación a través de las Resoluciones Nº 568/2020, 627/2020 y concordantes a ellas, como así también las que se dicten al respecto en el futuro.
  • Preservar toda la información referente al personal que trabajó en cada vehículo como así también de los pasajeros en los casos que fuera posible, de forma tal que ante la detección de un caso sospechoso o confirmado se pueda identificar y comunicar a todas las personas que hayan estado en contacto con el caso y como así también a la Autoridad Sanitaria correspondiente.

 

 

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