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Entendiendo las Sociedades Tenedoras de Valores Extranjeros

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El diseño de un plan de negocios internacional implica el uso de estructuras jurídicas como vehículos de negocios, selección de jurisdicciones nacionales para la ejecución de las diversas etapas que conforman la cadena de valor, decisión en cuanto estructura de capital y su financiamiento así como el análisis de la fiscalidad global del negocio conjunto y local para cada una de las unidades independientes.

La selección de vehículos jurídicos puede estar motivada en la persecución de diferentes fines como ser: atomización de accionistas, regionalización, eficiencia en administración, mitigación de riesgos, régimen jurídico aplicable para determinada actividad y, porque no, fiscalidad.

Adicionalmente a la selección del vehículo jurídico, como planificadores internacionales, se debe trabajar  sobre el régimen fiscal aplicable a dicho vehículo. No siempre un régimen fiscal requiere un vehículo jurídico específico y no siempre un vehículo jurídico conlleva asociado un régimen fiscal.

Adicionalmente a ello, siendo lo más importante, las estructuras pueden ser realizadas sobre la base de una motivación legítima de negocios y utilizadas en pleno cumplimiento de las disposiciones legales foráneas (aquellas que regulan la estructura jurídica o su régimen fiscal) y locales (aquella vinculada a la jurisdicción de residencia del contribuyente.

En este contexto existen vehículos jurídicos asociados a regímenes fiscales que pueden ser utilizados bajo adecuadas pautas de aplicación normativa mientras que otras serán aplicadas sobre esquemas de abuso de derecho o, directamente, como herramienta de ocultamiento patrimonial (fraude societario, económicos, civil o fiscal, entre otros).

Llegados a este punto nos parece interesante repasar las normas que regulan el funcionamiento de un régimen fiscal, no asociado forzosamente a una estructura jurídica específica, muy utilizado por el contribuyente latinoamericano cuando está motivado en expandir sus negocios al exterior. Estamos haciendo referencia a las sociedades inscriptas bajo el régimen ETVE (Sociedades Tenedoras de Valores Extranjeros) vigente en el Reino de España.

Estas sociedades son útiles para agrupar tenencias accionarias (holding) siendo el principal beneficio del régimen de referencia la no gravabilidad de las rentas percibidas por dividendos de participadas y ganancias de capital. Adicionalmente el Reino de España cuenta con una extensa red de tratados internacionales para evitar la doble imposición que permite conectar con una importante cantidad de jurisdicciones de Latinoamérica y, naturalmente, la eurozona. Al disponer la República Argentina un tratado celebrado con dicha jurisdicción las motivaciones para conocer el régimen son varias.

Desde la aplicación del derecho local estas estructuras han recibido una suerte de nuevo marco tributario motivada en la modificación dispuesta a la ley 20.628 en el hoy Art. 130. El uso de estas estructuras requiere lo que en derecho internacional tributario conocemos como sustancia y motivo de negocios.

Ahora bien, antes de iniciar cualquier aventura societaria en extraña jurisdicción será necesario cual es el marco normativo que informa al régimen de referencia pero, por sobre todo, como ha sido interpretado y aplicado en la historia y como lo es en la actualidad. Es decir, proponemos un conocimiento sistematizado del régimen ETVE dispuesto en el Reino de España.

A tales fines he preparado un documento en el cual trataré cada tema que entienda prudente con el detenimiento adecuado siendo la intención del mismo acercar una interpretación introductoria completa.

Recuerde el lector que el régimen de referencia es un sistema de excepción incluso en la jurisdicción de imposición original. Un error en el encuadre motivado en incorrecta aplicación de la norma, en abuso de derecho o en simulación (entre otros) disparará efectos fiscales no solo en la República Argentina sino también, en este caso, en el Reino de España.

Sergio Carbone es Contador Público (UBA)

Aduana News es el primer periódico argentino de aduanas en lanzar su versión digital. Con 20 años de experiencia, sus publicaciones e iniciativas apuntan a facilitar el conocimiento más relevante de las cuestiones aduaneras a fin de contribuir con el comercio seguro en la región.

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