El Gobierno de la Nación formalizó hoy (31.03.2025) el ajuste de los aranceles aplicables a tejidos, confecciones y calzado a través del Decreto 236. Aunque esta decisión ya había sido anunciada previamente, con su publicación se oficializa y entra en vigor de manera inmediata.
Esta medida tiene como objetivo revisar los niveles del Arancel Externo Común (AEC) en Argentina y Brasil, buscando «estabilizar los precios internos y garantizar el abastecimiento adecuado en el mercado local».
La norma recuerda que el AEC, establecido en 1994 mediante la Decisión 22 del Consejo del Mercado Común, fijó inicialmente los aranceles para productos textiles y de calzado en 14% para hilados, 18% para tejidos y 20% para confecciones y calzado. Sin embargo, la Decisión 37 del 2007 incrementó estas alícuotas para Argentina y Brasil, alcanzando un 26% para tejidos y un 35% para confecciones y calzado. Más tarde, la Decisión 26 del 2009 aumentó los aranceles para hilados, fijándolos entre el 18% y el 26%, según el tipo de producto.
Asimismo señala que «estos aranceles contribuyeron al aumento de los precios de los productos textiles y de calzado en ambos países, afectando negativamente la competitividad del sector y limitando el acceso de los consumidores a precios más razonables». Con el fin de mitigar estos efectos, el Decreto 236 revisa tanto la aplicación del AEC como el Derecho de Importación Extrazona (DIE), en consonancia con el Decreto 557/23 y sus modificaciones.
Ajustes
Para tal efecto, el Poder Ejecutivo se enmarca en el artículo 664 del Código Aduanero (Ley 22.415), que le otorga la facultad de modificar los derechos de importación con el propósito de estabilizar los precios internos y garantizar el abastecimiento del mercado local.
Así, el Decreto 236 introduce ajustes en las mercaderías del sector textil y calzado, que se encuentran comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.), detalladas en el ANEXO I del decreto.
Y se sustituyen las alícuotas de Derecho de Importación Extrazona (D.I.E.) en el Anexo II del Decreto Nº 557/23 y sus modificaciones.
Con estos ajustes también se espera que se impulse el comercio intrarregional, facilitando la circulación de productos del sector textil y de confecciones dentro del MERCOSUR, en sintonía con las propuestas analizadas por la Comisión de Comercio del MERCOSUR (C.C.M.).
La medida entra en vigor de manera inmediata, tal como se señaló al inicio de la noticia.
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