Disposiciones específicas para los ingresos por el mercado de cambios
Cobros de Exportaciones de bienes y servicios
Los exportadores de bienes y servicios deberán ingresar y liquidar el contravalor en divisas en el mercado de cambios. Se considerará cumplimentado cuando el exportador haya ingresado y liquidado en el mercado de cambios un monto no menor al 80% del valor facturado y por la porción no liquidada haya concretado operaciones de compraventa con títulos valores, en los cuales los títulos valores son adquiridos con liquidación en moneda extranjera y vendidos con liquidación en moneda local en el país.
Es decir, se aplica un tipo de cambio blend de 80% mercado libre de cambios y 20% mep o contado con liquidación contra pesos.
El ingreso de las divisas deberá liquidarse hasta 5 días hábiles de percibidos los fondos en el exterior.
Las exportaciones de bienes, a su vez, tienen la obligación de ingresar las divisas en distintos plazos según las posiciones arancelarias que van desde 15 días, 30 días, 60 días, 120 días, 180, hasta 365 días.
Los productos con menos valor agregado como los del complejo sojero se ingresan a los 15 días y en la medida que incorporen mayor valor agregado a los bienes exportados, los plazos se van extendiendo.
Las exportaciones de servicios para personas físicas pueden ingresar hasta un tope anual de USD 24.000 directamente en cuentas en dólares locales.
Las exportaciones de servicios y ventas de pasajes aéreos también pueden ser ingresadas a cuentas dólares directamente sin pasar por pesos, tanto para personas jurídicas y físicas.
Disposiciones específicas para los egresos por el mercado de cambios
Pagos de importaciones argentinas de bienes
Los despachos a plaza hasta el 12/12/2023 no tienen acceso al mercado libre de cambios y solamente podrán ser pagados en la medida que hayan sido financiados por bancos del exterior antes del 12/12/2023. Para estos despachos hasta el 12/12/2023 estuvieron previstas las emisiones de Bopreal Series 1, 2 y 3.
Se podrán pagar importaciones de bienes por despachos a plaza oficializados a partir del 13/12/2023 a través del mercado libre de cambios.
El acceso al mercado libre de cambios para el pago de estos bienes se ha ido flexibilizando durante el transcurso del año.
Plazo a la vista
En la actualidad se pueden pagar a la vista del despacho a plaza de las mercaderías relacionadas con combustibles aceites de petróleo. gases de petróleo y otros hidrocarburos gaseosos, hulla bituminosa, energía eléctrica, importaciones de uranio natural e importaciones relacionadas con material ferroviario.
A los 30 días del despacho a plaza se podrán pagar
Productos farmacéuticos e insumos relacionados, fertilizantes y productos fitosanitarios.
Importaciones oficializadas a partir del 15/03/2024 para productos de la canasta básica.
Importaciones oficializadas a partir del 15/04/2024 para empresas MiPymes excepto para bienes suntuarios.
A los 30 días y 60 días del despacho a plaza:
Importaciones en general oficializadas a partir del 01/08/2024 se podrán pagar en dos pagos de 50% a los 30 días del despacho a plaza y el 50% restante a los 60 días de la fecha del despacho.
Esto significa una mejora sustancial en el flujo de pago de importaciones, ya que al iniciarse esta nueva administración en Diciembre de 2023, estaban previstos 4 pagos mensuales de 25% cada uno a 30, 60, 90 y 120 días. Es decir, se redujeron los plazos de pago a la mitad de los días.
También es posible pagar anticipadamente si se ingresan simultáneamente desde el exterior una prefinanciacion de exportaciones, anticipo de cobros de exportaciones o un préstamo financiero a un plazo de pago compatible con la mercadería a importar.
Empresas que califican como Mipymes también podrán pagar en forma anticipada al embarque de las mercaderías hasta el 20% de la importación de bienes de capital por las posiciones arancelarias que califiquen en dicha categoría.
Pagos de importaciones de servicios
Los servicios prestados por no residentes a partir del 13/12/2023 podrán ser pagados al exterior en general en la medida que hayan transcurrido no menos de 30 días desde el devengamiento o prestación del servicio.
Es decir, una factura de servicios anual podrá ser pagada cada 30 días por mes vencido y devengado, o sea, no se podrá adelantar el total del pago anual.
Los servicios de fletes también podrán ser pagados al exterior a los 30 días de prestado el servicio, cuando sean de importación se cuentan a partir de que el buque o medio de transporte arribó al país; y los de exportación, a 30 días del arribo del buque o medio de transporte en el puerto de destino.
Pagos de servicios a empresas vinculadas
También podrán pagar servicios a vinculadas en la medida que hayan transcurrido 180 días desde la prestación del servicio o devengamiento a partir del 13/12/2023.
Todos los servicios prestados por no residentes a empresas vinculadas o no vinculadas anteriores al 12/12/2023 no tienen acceso al mercado de cambios y estuvieron previstos para las suscripciones de Bopreal series 1, 2 y 3.
Pagos de Préstamos Financieros y Obligaciones Negociables:
Los préstamos financieros entre empresas no vinculadas y las Obligaciones negociables con registro en el país como registro en el exterior que hayan sido ingresados y liquidados en el mercado de cambios a partir del 01/09/2019 tienen acceso al vencimiento para el pago de capital e intereses a través del mercado libre de cambios.
Los préstamos financieros entre vinculadas ingresados y liquidados en el mercado de cambios a partir del 02/10/2020 y que tengan una vida promedio no inferior a los dos años tienen acceso al mercado libre de cambios para pagar capital e intereses al vencimiento.
Conclusiones
Si bien se mantiene el cepo cambiario heredado de administraciones anteriores, podemos verificar que las condiciones en el mercado de cambios han mejorado sustancialmente con relación al flujo de pagos de bienes y servicios.
Hasta 30/06/2024 se había pagado por el mercado libre de cambios más del 90% de los despachos a plaza. Comparado con el año pasado, 2023, esta cifra no llegaba al 50% de los despachos debido a las restricciones con las Siras y las Sirase, requisitos que fueron eliminados para el pago de importaciones de bienes y servicios.
Es contador público por la Universidad de Buenos Aires (UBA).Tiene un Posgrado en Finanzas en la Universidad Argentina de Empresas (UADE). Actualmente, es Responsable de Área Técnica Comex, en Banco Santander Argentina, desde 1987. También se desempeña como Secretario de la Comisión Comex en Asociación de Bancos Argentinos (ABA), desde 2011. Está casado hace 34 con Adriana Barsanti, tiene tres hijos de 33, 31 y 26 años, todos profesionales.