La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó hasta el 30 de abril la suspensión de embargos a las micro, pequeñas y medianas empresas (pymes), a través de la Resolución General 4684/2020.
La decisión, publicada este viernes (20.03.2020), dice que «se sustituye en el artículo 20 de la Resolución General N° 4.557, sus modificatorias y su complementaria, la expresión “…entre los días 14 de agosto de 2019 y 31 de marzo de 2020, ambos inclusive…”, por la expresión “…entre los días 14 de agosto de 2019 y 30 de abril de 2020, ambos inclusive…”.
La medida apunta a garantizar la continuidad de un mecanismo de financiamiento para los contribuyentes afectados por la crisis, aclaró el organismo fiscal.
Las disposiciones de la resolución general, firmada por la titular de AFIP, Mercedes Marcó del Pont, entra en vigencia de forma inmediata.
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