El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación ha determinado la regulación para la importación y exportación de plaguicidas y productos químicos peligrosos, a través de la Resolución 110/2021.
La regulación, publicada este miércoles (14.04.2021) en el Boletín Oficial, se funda en la Ley N° 25.278 de Aprobación del Convenio de Rotterdam sobre el Procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo Aplicable a Ciertos Plaguicidas y Productos Químicos Peligrosos Objeto de Comercio Internacional de fecha 6 de Julio de 2000.
El objetivo de ese Convenio Internacional ha sido promover la responsabilidad compartida y los esfuerzos conjuntos de las Partes en la esfera del comercio internacional de ciertos productos químicos peligrosos, a fin de proteger la salud humana y el ambiente frente a posibles daños y contribuir a su utilización ambientalmente racional.
En función de ello, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible ha resuelto establecer el procedimiento de importación y exportación de los productos químicos que se detallan en el Anexo I de la norma, que se encuentran sujetos al Consentimiento Fundamentado Previo (CFP) conforme a la Ley Nº 25.278 que aprueba el Convenio de Rotterdam sobre el Procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo Aplicable a Ciertos Plaguicidas y Productos Químicos Peligrosos Objeto de Comercio Internacional.
Ámbito de aplicación
Esta Resolución comenzará a tener vigencia a los quince (15) días corridos de su publicación en Boletín Oficial.
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