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Nuevo plazo especial de 90 días para el Programa de Incremento Exportador

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El Gobierno decidió el establecimiento de un plazo especial de validez de 90 días para las solicitudes de exportación de los productos incluidos en el Anexo I del Decreto N° 576 del 4 de septiembre de 2022, del Programa de Incremento Exportador.

Así lo establece la Resolución General 5277/2022 de AFIP, publicada este martes (01.11.2022) en el Boletín Oficial, en cuyo considerando se recordó que Programa de Incremento Exportador está destinado a los sujetos que hayan exportado en los últimos 18 meses inmediatos anteriores a la vigencia del referido decreto, las manufacturas de soja y sus derivados, con el objetivo de fortalecer las reservas del Banco Central de la República Argentina y estimular la generación de ingresos genuinos del Estado Nacional.

Asimismo se precisó también que tal medida «extraordinaria y transitoria» se creó para estimular la “generación de ingresos genuinos del Estado nacional producto de la exportación de mercadería con baja incidencia en las cadenas de valor de abastecimiento nacional”.

La presente normativa entra en vigencia de forma inmediata.

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