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Nuevas medidas sobre etiquetado para la importación de calzado

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El Gobierno nacional ha dispuesto que los importadores de calzado deberán cumplir con una norma sobre etiquetado, especificando el talle del producto importado, indica la Resolución 316/2021

La normativa de la Secretaría de Comercio Interior, publicada este viernes (09.04.2021), determina que quedará prohibida la importación de calzado que no se encuentre adaptada a la presente medida. 

De tal manera, los importadores deberán cumplir previamente al ingreso de la mercadería con el «comprobante de trámite de Adaptación al Mercado local».

También el texto oficial señala que ¨los productores y fabricantes de mercaderías, los envasadores, los que encomendaren envasar o fabricar, los fraccionadores y los importadores, serán responsables por la veracidad de las indicaciones consignadas en las etiquetas». 

La disposición de la presente Resolución comenzará a regir a partir del 10 de abril del 2021.

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