La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó la suspensión por 120 días del cobro de la percepción de IVA y del impuesto a las ganancias aplicables sobre la importación definitiva de alimentos, bebidas y canasta básica, como también medicamentos.
Así lo establece la Resolución General 5490/2024, publicada este lunes (18.03.2024( en el Boletín Oficial, en cuyo Anexo se detallan los productos exceptuados al régimen de percepción.
Asimismo, la norma explica en el considerando que la medida tienen el objetivo de disminuir la carga impositiva a la importación de una canasta de bienes de primera necesidad a efectos de que se genere una reducción de los precios de dichos productos, como continuidad de la política económica dispuesta por el Gobierno Nacional orientada a reducir la inflación.
La AFIP, por medio de la Resolución General 2281 estableció un régimen de percepción en el impuesto a las ganancias que se aplica a las operaciones de importación definitiva de bienes, incluidas las realizadas al área franca desde terceros países; y desde el área franca al territorio aduanero general, o especial, salvo que se encuentren exceptuadas, conforme a las respectivas normas legales.
Por otra parte, la Resolución General 2937 el Organismo Fiscal estableció estableció un régimen de percepción del impuesto al valor agregado que se hará efectivo en el momento de la importación definitiva de cosas muebles gravadas por el referido impuesto, salvo las exceptuadas normativamente.
Las disposiciones de la presente resolución tienen vigencia inmediata.
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