La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) formalizó la prórroga de la feria fiscal desde el 18 de julio hasta el 2 de agosto próximo, manteniendo la suspensión del cómputo de plazos vigentes para contribuyentes en distintos trámites del organismo.
Así lo establece la Resolución General 4766/2020, publicada este martes (21/07/2020) en el Boletín Oficial.
La medida alcanza a determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, clausuras, intimaciones de pago y requerimientos de fiscalización, entre otros.
La resolución mantiene habilitados los procedimientos de fiscalización que realiza la AFIP en función de la información proporcionada por la Organización para el Comercio y el Desarrollo (OCDE) sobre cuentas de argentinos en el exterior.
La feria fiscal extiende todos los plazos procedimentales en materia impositiva, aduanera y de la seguridad social.
Según el organismo, la decisión no suspende las acciones de la AFIP.
Durante la vigencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio quedan en suspenso el cómputo de los plazos que rigen para la respuesta de los contribuyentes a los requerimientos del organismo en distintos procedimientos administrativos.
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