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Argentina y el derecho a ejercer el comercio

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En la actualidad, con posterioridad a la pandemia, el mundo se ha lanzado a gestar un aumento del comercio y la Organización Mundial de Comercio (OMC), a afianzar la necesidad de una facilitación del mismo. Contrariamente a todo ello, Argentina se estancó en un proceso que ha dado como resultado la actual vorágine, llevando a que la falta de divisas genere cambios de medidas constantes, casi diarias, y exponiendo una total falta de seguridad jurídica, que lleva a situarnos en la limitación del ejercicio del comercio internacional. 

Cambios sobre cambios 

No bastando con el SIMI, en octubre de 2022 se modificó el sistema de carga de declaraciones, pasando al régimen SIRA (Sistema de Importación de la República Argentina). Con esta medida se pretendió mejorar la gestión de aprobaciones de licencias de importación. Pero en la práctica, solo ha generado un limitante para el universo de quienes pretenden importar.

Además, se amplió la cantidad de mercaderías incluidas en las LNA, conllevando a que prácticamente el 90% del universo de las mercaderías necesitara medidas para-arancelarias.

Luego se procedió a exigir proyección de importación y exportación, demostrando saldos exportables, certificado de incremento exportador.

Todas estas medidas agudizadas en el tiempo y sostenidas, algunas mediante disposiciones variables en periodicidades cortas o por la simple acción discrecional de las autoridades, han llevado al sector industrial a sufrir consecuencias que resultan imposibles de mantenerse y esto se observa mediante la baja de aprobaciones en las licencias de importación, situación referida por la Cámara Argentina de Servicios y Comercio (CAC), en su resumen anual.

Evidentemente, las peticiones a través de las Cámaras, las consultas por los medios web de las Secretarías de Estado y el ingreso de reclamos ante las autoridades, no han propiciado la mejora de una situación que se torna insostenible, frente al silencio ante dichos pedidos de los administrados.

A ello se agrega la inserción del BCRA que, por medio de sus complejas y dificultosas normativas, ha impuesto un sistema que, en definitiva, impide todo pago al exterior, llevando a que el logro de traspasar esta frontera invisible y generar la cancelación debida al proveedor, resulten una “misión imposible”.

Argentina romanizada 

Es sabido que toda persona tiene la facultad y capacidad para adquirir derechos y ejercerlos. Los romanos no reconocieron esta capacidad de un modo amplio, sino que la reglamentaron de manera estricta subordinándola a la ambición de las personas, según los estados de libertad, ciudadanía y familia. De esta forma, en la antigua Roma, para el ejercicio de estos derechos, se dictaron normas sobre la adquisición y uso de los bienes y sobre las relaciones jurídicas entre los habitantes de Roma. Dentro de una libertad amplia de actuar, solo reconocieron como derechos efectivos los que se encontraban protegidos por acciones, es decir, por la posibilidad de ser alegados y reconocidos en los juicios de acuerdo con las leyes del estado romano y la jurisdicción de sus funcionarios.

En esta Argentina romanizada, se han impuesto tantas medidas que han convertido el ejercicio de un derecho, como es el del comercio
internacional, en una capacidad limitada a la discrecionalidad de las decisiones que puedan observarse dependiendo del espacio de
tiempo y sujeto, a pesar del debido cumplimiento de los ritos que se establecen para el logro de la adquisición de un bien del exterior.
Solo debe observarse que, entre las variables medidas, muchas posiciones arancelarias primero  pasaron a estar condicionadas con
licencias adicionales, luego emparcharon excepciones y pusieron otras, después quitaron las excepciones de bienes de capital.
Posteriormente, colocaron un cupo único anual de pagos anticipados (para fábricas, se quedaron un poco escasos) y así continuaron las
comunicaciones. Exigieron dólares MEP (más caros) pero para usarlos en tiempos que fijaban una espera de 90 días, que luego se
convirtieron en 180 días, y en diferentes casos, circularon hacia una indefinición.

Mientras hace un tiempo atrás, mirábamos el cielo luego de oficializar un SIRA, rogando que fuera aprobada, en la actualidad y a partir de surgir un caudal de comunicaciones del Banco Central, se ha llegado a que el SIRA no resulte la situación sensible en el canal de lograr transitar por el comercio exterior. Efectivamente, por más que se tenga todo en regla,  deberán atravesarse inconsistencias y rechazos bancarios, sirviendo para cualquier negación la frase, ya parte del sector: “Derecho de admisión o CCUCE”.

No bastando estos limitantes, se procedió a agregar la imposibilidad de pagar fletes de importación en modo collect o a colectar en destino, estableciendo que las cargas deberían ser prepaid o prepagadas. La medida fue aplicada en medio de la ejecución de los traslados, lo que generó que las navieras cambiaran la condición de pago de negociaciones cerradas con la mercadería en el agua, con su consecuente efecto de cargas de SIRASE descontroladas y todo lo que implica el verse imposibilitado de pagar, ya no en relación a la mercadería, sino al propio flete. 

Todas estas decisiones han dado por resultado una multiplicidad de tipos de cambio, lo cual podría ser considerado hasta ausente de legalidad si observamos los efectos diferenciales que genera en materia impositiva, comercial, social.

Con el curso de estas diferentes medidas, cambiantes a los fines de recrudecer, aún más, la situación de impedimento al ejercicio del comercio internacional, puede observarse que no ha dado por resultado un mejoramiento en la economía, ni posibilitado el resguardo de divisas, ni aumentado el caudal de reservas. Como bien precisa el Contador Luis Ricardo Demarco, en su nota “Restricciones cambiarias sin normas” -publicada en Aduana News-, “a modo de recordatorio, señalamos que el viernes previo a las PASO de 2019, las reservas del BCRA eran de USD 66.309 millones y actualmente, al 19/07/2023, son de USD 25.762 millones, es decir que las normas cambiarias y para-cambiarias no son efectivas para mantener las reservas de moneda extranjera en el Banco Central de la República Argentina. Por otra parte, los especialistas consideran que durante el último año se han acumulado deudas por pagos de importaciones por casi USD 14.900 millones de dólares.”

Conclusión 

Las bases que dieron nacimiento a nuestra nación se sostienen en el libre comercio y esto significa el derecho a ejercerlo, legado que se mantiene y el mundo acompaña. Se busca fortalecer el libre comercio, posibilitando encaminarnos hacia un mayor y eficaz comercio internacional. No tan solo parten tales premisas de la Organización Mundial de Comercio, sino de la propia Organización Mundial de Aduanas. 

Por ello, todas estas acciones que conducen desde el Estado, mediante sus diferentes organismos, a limitar el comercio (en una conducta casi igual al esquema de aquella Roma antigua) es el resultado de administraciones que no han podido actuar con el compromiso de generar sistemas de inversión a largo plazo de las industrias, de las vías navegables y de las vías de comunicación, de puertos eficientes, de aduanas transparentes. 

Próximamente estaremos frente al inicio del camino para elegir a nuevos gobernantes, y entonces me pregunto: ¿mantener esperanzas en un cambio motivado en una nueva gestión de gobierno es tal vez comparable a la ilusión de un niño que espera un regalo prometido? 

Del legado que dejaron aquellos hombres y mujeres que dieron comienzo a nuestra nación han pasado doscientos años, y parece mucho para seguir atravesando esquemas que dan cuenta de la falta de una madurez que debería tener el país. Una de las bases en que debe sostenerse toda nación es la seguridad jurídica, la cual no puede abandonarse ni aun frente a una situación de emergencia.

Licenciada en Comercio Exterior (Universidad de la Marina Mercante), despachante de aduana y agente de transporte aduanero. Se desempeña como  profesora en la Universidad de Belgrano y CAECE.