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Argentina incorpora gases HFC al Sistema de Licencias de Importación y Exportación

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El Gobierno argentino incorporó a los hidrofluorocarbonos (HFC), listados en el Anexo F – Grupo I y Grupo II de la Enmienda de Kigali del Protocolo de Montreal, al Sistema de Licencias de Importación y Exportación.

Así lo establece la Resolución 104/2020 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable, publicada este lunes (06.04.2020) en el Boletín Oficial.

La normativa explica que «las sustancias listadas en el Anexo F Grupo I y II, si bien no agotan la capa de ozono, fueron sustancias incorporadas al Protocolo de Montreal a través de la Enmienda de Kigali, por ser alternativos utilizados para reemplazar a los Clorofluorcarbonados (CFCs) y los Hidroclorofluorcabonos (HCFCs) enumerados en otros anexos del Protocolo de Montreal y que deben ser controladas por su alto potencial de calentamiento global«.

Asimismo, el texto aclara que la «Argentina ratificó la enmienda de Kigali al Protocolo de Montreal, la cual entró en vigencia para el país el día 20 de febrero de 2020» y agrega que  el país debe «calcular la línea de base de consumo, a partir de la cual se deben cumplir las medidas de congelamiento y reducción».

A tal fin, el Gobierno resolvió que «las personas jurídicas y humanas que deseen importar o exportar tales sustancias que actualmente no se encuentren registradas, deberán inscribirse en el Registro de importadores y exportadores de sustancias que agotan la capa de Ozono».

Así, la solicitud de licencias se hará a través del Sistema de Licencias de Sustancias que Agotan la Capa de Ozono y su normativa vigente, aclara la normativa.

El texto señala que «la vigencia de la Licencia de Importación o Exportación tendrá una validez de 40 (cuarenta) días corridos a partir de la fecha estimada para la importación o exportación consignada por el interesado en la correspondiente solicitud de licencia».

La nueva resolución entrará en vigencia a partir del martes 7 de abril de 2020.

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