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ALADI – Su importancia en el quehacer aduanero de América Latina

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Sumario: I.- Introducción. II.- Antecedentes históricos. III.- Estructura Institucional. IV.- Acuerdos ALADI. V.- Régimen de Origen. VI.- Certificación de Origen. VII. Logística y transporte. VIII.- Perspectivas y potencial no explorado. IX. Conclusiones. X.- Referencias.

I. Introducción

Desde su establecimiento en 1980 mediante la firma del Tratado de Montevideo (TM80), la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI) ha trabajado incansablemente para forjar un mercado común latinoamericano, promoviendo las Preferencias Arancelarias Regionales mediante Acuerdos de Alcance Parcial (AAP) y Acuerdos de Alcance Regional (AAR). Con aproximadamente ciento once Acuerdos vigentes, ALADI ha sido un catalizador en la promoción del comercio intra regional y la armonización de políticas aduaneras, contribuyendo a su estabilidad y crecimiento económico.  

Hoy ALADI es el principal marco normativo de la integración regional. Su amplio marco comercial compuesto por (más de) 50 acuerdos preferenciales permite que el 82% de los productos que se comercializan en la región estén libres de aranceles” (ALADI, 2020).

Para comprender la importancia de ALADI, es crucial considerar que sus países miembros en conjunto representan una población de más de 560 millones de habitantes, cuyo ingreso per cápita anual supera los U$ 9,100 y abarcan una extensión territorial de 20 millones de kilómetros cuadrados, (ALADI, s.f.). Datos del Informe de Comercio Exterior Global CEG 2022, publicado por ALADI el 9 de noviembre de 2023, revelan que las exportaciones de los miembros de ALADI durante 2022 ascendieron a 1.289 miles de millones de dólares, con el 12% de este intercambio correspondiendo a exportaciones dentro de los mismos países miembros y el resto, distribuido entre otras regiones del mundo, como Estados Unidos y Canadá, Asia, Europa y Otras Áreas (ALADI, 2023). 

Por otro lado, es importante considerar que bajo la órbita de ALADI funcionan también tres bloques de integración: La Comunidad Andina; El Mercado Común del Sur (MERCOSUR); y La Alianza del Pacífico. La comprensión de estos Sistemas de Integración, los Acuerdos y Normativas derivados de ALADI, junto con su historia, funcionamiento, estructura; los regímenes y certificaciones de origen bajo su órbita, así como su logística y transporte, son temas esenciales que los operadores del comercio internacional deben conocer, ya que su influencia se manifiesta en los procedimientos cotidianos, desde la verificación de documentos hasta la aplicación de los beneficios acordados.

II. Antecedentes históricos

La Asociación Latinoamericana de Integración, ALADI, surge como respuesta a una serie de antecedentes que marcaron el camino hacia la integración económica en América Latina, tales como el GATT, el Tratado de Roma, la CEPAL y la ALALC. 

El GATT (General Agreement on Tariffs and Trade) fue uno de los primeros intentos a nivel mundial para promover el comercio y reducir las barreras arancelarias. Jugó un papel fundamental en la reducción de los aranceles y otras barreras comerciales durante varias rondas de negociaciones que se llevaron a cabo entre los países miembros. Una de las rondas más importantes fue la Ronda de Uruguay, que culminó en la creación de la Organización Mundial del Comercio (OMC) en 1995 para reemplazar al GATT y ampliar su alcance para cubrir áreas adicionales del comercio internacional, como los servicios y los derechos de propiedad intelectual. 

El Tratado de Roma, firmado en 1957, estableció la Comunidad Económica Europea (CEE), precursora de la Unión Europea (UE). Fue uno de los tratados fundacionales de lo que se conoce como el proceso de integración europea, promoviendo la libre circulación de bienes, servicios, personas y capitales entre los países miembros. Aunque la CEE estaba centrada en Europa, su modelo inspiró a otras regiones del mundo, incluida América Latina, a buscar formas de cooperación e integración económica.

La Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), forma parte de las cinco Comisiones Regionales de Naciones Unidas, con sede en Santiago, Chile. Fue establecida en 1948, y tiene como objetivo “contribuir al desarrollo económico de América Latina, coordinar las acciones encaminadas a su promoción y reforzar las relaciones económicas de los países entre sí y con las demás naciones del mundo” (CEPAL). Estos objetivos los persiguen a través de estudios, investigaciones y otras actividades de apoyo, dedicándose a la organización, interpretación y difusión de datos relativos al desarrollo económico y social y a prestar servicios de asesoramientos, ejecución de programas de cooperación técnica, entre otras acciones de apoyo a los países de la región.

De las reuniones y propuestas realizadas por la CEPAL surge un proyecto de Zona de Libre Comercio que en el año 1960 llevó a la suscripción del Tratado de Montevideo, instrumento que da nacimiento a la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio (ALALC).

En esa época, el GATT había establecido la «cláusula de la nación más favorecida», mediante la cual se establecía que las ventajas concedidas a un país debían extenderse a los demás firmantes del acuerdo. Sin embargo, el mismo Tratado en su art. 24 permitió, como excepción al sistema multilateral de comercio, la existencia de zonas de libre comercio. La creación de ALALC se basó en esta posibilidad y en la propuesta de la CEPAL de conformar un «mercado ampliado» latinoamericano que posibilite el desarrollo.

La ALALC, establecida en 1960, fue uno de los primeros intentos de integración económica en América Latina. Inspirada en el modelo del Tratado de Roma, y a partir de la firma del Primer Tratado de Montevideo (1960), la ALALC buscaba promover el comercio entre los países de la región a través de la ampliación del tamaño de sus mercados y de la expansión de su comercio recíproco (ALADI, s.f).  Aunque la ALALC tuvo cierto éxito en la reducción de barreras comerciales, no logró alcanzar sus objetivos de crear un mercado común latinoamericano.

En la Ronda Tokio del GATT se modifica el art. 24 y se posibilita la creación de “zonas de preferencias aduaneras”, lo que propició que el 12 de agosto de 1980, se firme un nuevo Tratado en Montevideo, el que da origen a la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), que convierte y recepta las preferencias económicas ya concertadas en el marco de la ALALC, contemplando  la posibilidad de implementar Acuerdos de Alcance Parcial en los cuales dos o más países pueden otorgarse preferencias recíprocas sin que ello implique su concesión automática a los restantes Estados miembros de la Asociación.

Además de ello e inspirada en los esfuerzos anteriores de integración regional, ALADI amplió su enfoque para incluir no solo el comercio, sino también la cooperación económica y la integración en otros ámbitos. ALADI heredó el legado de la ALALC, y se convirtió en un foro clave para la promoción del desarrollo económico social, armónico y equilibrado en la región, perfilando el propósito de conseguir en forma gradual y progresiva, el establecimiento de un mercado común latinoamericano.

Propósitos de ALADI:

  • Reducir y eliminar gradualmente las trabas al comercio recíproco de sus países miembros;
  • Impulsar el desarrollo de vínculos de solidaridad y cooperación entre los pueblos latinoamericanos;
  • Promover el desarrollo económico y social de la región en forma armónica y equilibrada a fin de asegurar un mejor nivel de vida para sus pueblos;
  • Renovar el proceso de integración latinoamericano y establecer mecanismos aplicables a la realidad regional;
  • Crear un área de preferencias económicas teniendo como objetivo final el establecimiento de un mercado común latinoamericano. (ALADI)

    A lo largo de los años, ALADI ha desempeñado un papel importante en la promoción del comercio intra-regional, la armonización de políticas económicas y la creación de un espacio económico común en la región, guiados por los principios fundacionales plasmados en el TM80: Pluralismo, Convergencia, Flexibilidad, Tratamientos Diferenciales y Multiplicidad.

    III. Estructura Institucional

    Según el Tratado de Montevideo (TM80), la ALADI está compuesta por tres órganos políticos: el Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores, la Conferencia de Evaluación y Convergencia y el Comité de Representantes; y por un órgano técnico denominado Secretaría General.

    El Consejo de Ministros es el órgano supremo de ALADI y adopta las decisiones que correspondan a la conducción política superior del proceso de integración económica. Está compuesto por los Ministros de Relaciones Exteriores de los países miembros –o en casos de que la competencia de asuntos de integración estuviera asignada a un Ministro o Secretario diferente, los países pueden estar representados con plenos poderes por ese Ministro o Secretario-, se reúne por convocatoria del Comité de Representantes, sesiona y toma decisiones con la presencia de todos los países miembros.

    El Comité de Representantes es el órgano político permanente de la Asociación, está compuesto por un Representante Permanente de cada país miembro con derecho a un voto, y cada Representante Permanente tendrá un Alterno. El Comité sesiona regularmente cada quince días y sus Resoluciones son adoptadas por el voto afirmativo de dos tercios de los países miembros. Además, cuenta con un Presidente y dos Vicepresidentes. Dentro de sus atribuciones encontramos la promoción de acuerdos de alcance regional, convocando reuniones gubernamentales periódicas para dar continuidad al proceso de integración, evaluar su funcionamiento y proponer medidas para su avance. El Comité adopta medidas para la ejecución del Tratado de Montevideo (TM80), aprueba el programa anual de trabajos y el presupuesto de la Asociación. Asimismo, puede encomendar estudios, formular recomendaciones, presentar informes, proponer soluciones a controversias, y declarar la compatibilidad de acuerdos parciales entre países miembros, entre otras funciones. 

    El tercer órgano político, la Conferencia de Evaluación y Convergencia, está integrado por Plenipotenciarios de los países miembros y se reúne por convocatoria del Comité cada tres años en sesión ordinaria, o en ocasiones que se la convoque de manera extraordinaria. La Conferencia sesiona y toma decisiones con la presencia de todos los países miembros. Tiene como atribuciones examinar el funcionamiento del proceso de integración en todos sus aspectos; propiciar la convergencia de los Acuerdos de Alcance Parcial procurando su multilateralización progresiva; promover acciones de mayor alcance en materia de integración económica; efectuar revisiones periódicas de la aplicación de los tratamientos diferenciales; realizar las negociaciones para la fijación y profundización de la preferencia arancelaria regional, entre otras.

    Por su parte, la Secretaría General es el órgano técnico del ALADI, está dirigida por un Secretario General y compuesta por personal técnico y administrativo. El Secretario General es designado por el Consejo, ejerce su cargo por tres años, pudiendo ser reelegido por otro período igual. Tiene, entre otras funciones, la de proponer, analizar, estudiar y hacer gestiones para facilitar las decisiones que deben alcanzar los Gobiernos. (ALADI, s/f).  

    El artículo 43 del TM80, indica que “el Consejo, la Conferencia y el Comité adoptarán sus decisiones con el voto afirmativo de dos tercios de los países miembros” con algunas excepciones. La abstención no significa voto negativo y la ausencia en el momento de la votación se interpreta como abstención.

    A su vez, ALADI tiene tres categorías de países que están contempladas en la Resolución 6 del Consejo de Ministro de la ALALC, siendo estas:

    • Países de menor desarrollo económico relativo (3): Bolivia, Ecuador y Paraguay.
    • Países de desarrollo intermedio (7): Chile, Colombia, Cuba, Panamá, Perú, Uruguay y Venezuela.
    • Demás países miembros (3): Argentina, Brasil y México.

    El Presupuesto Anual y el Programa Anual de Trabajos de la Asociación es aprobado por el Comité de Representantes, según el artículo 35, inciso e) del TM80, tomando en consideración las directrices emanadas del Consejo de Ministros y las prioridades definidas por los países miembros. El presupuesto de ingreso de la Asociación tiene tres grandes vertientes: el aporte o contribución anual de los países miembros, la cuota sede y otros ingresos (venta de publicaciones, suministro de información e ingresos varios). La contribución de los países miembros se estipula tomando en consideración su categoría y situación financiera, y los países pueden otorgar contribuciones adicionales para proyectos específicos o actividades particulares, conforme el artículo 5 de la Resolución 8 (II) de 1984, que expresa “Constituir un Fondo especial destinado a apoyar la realización de proyectos de desarrollo económico de interés de los países de menor desarrollo económico relativo, el cual se integrará con contribuciones financieras o de otra naturaleza que quieran efectuar los países miembros, terceros países, organismos internacionales o de cualquier otro origen” (ALADI, 1984, p. 2). El presupuesto anual está destinado principalmente a cubrir los gastos operativos de la organización, las actividades de investigación y análisis, la coordinación de proyectos y programas y todas aquellas actividades relacionadas con las prioridades y objetivos de ALADI.

    IV. Acuerdos ALADI

    El TM80 dispuso el establecimiento de un Área de Preferencias Económicas, compuesta por tres Mecanismos: La Preferencia Arancelaria Regional (PAR), los Acuerdos de Alcance Regional (AAR), y los Acuerdos de Alcance Parcial (AAP)

    Como nos indica la “Ficha N°1 sobre el Tratado de Montevideo (TM80) sus principios y mecanismos” ALADI (2020), la Preferencia Arancelaria Regional es una “reducción porcentual de los gravámenes aplicables a las importaciones desde terceros países que los países miembros de ALADI se otorgan recíprocamente sobre las importaciones de productos originarios de sus respectivos territorios” (p. 2). Más adelante nos indica que la PAR se aplica a todo el universo arancelario, de forma recíproca y en diferentes magnitudes, según las tres categorías de países que abordamos en el tema anterior, y que se exceptúan de dicha aplicación los productos que cada país haya incluido en su Lista de Excepciones.

    Existe una categoría adicional denominada “PMDER Mediterráneos” (Bolivia y Paraguay), quienes reciben de los demás países miembros las siguientes preferencias:

          • De los países de menor desarrollo económico relativo: 24%.
          • De los países de desarrollo intermedio: 34%.
          • De los restantes países miembros: 48%.

    Respecto al ámbito de aplicación de la Preferencia Arancelaria Regional, en el caso de que un producto haya sido negociado con tratamiento arancelario tanto en la PAR como en otro acuerdo de la ALADI, los países miembros aplicarán la preferencia arancelaria regional a la importación de los productos que hayan negociado en cualquiera de los mecanismos previstos por el TM80, siempre que ésta sea mayor a la que dichos países han otorgado en los referidos mecanismos (Artículo 4 del TM80).

    Sobre esto, la Ficha N°1 sobre el TM80 nos indica que  lo anterior “implica que si un producto está negociado tanto en la PAR como en otro acuerdo suscrito al amparo del TM80, la PAR será de aplicación únicamente si la preferencia que otorga es mayor que la negociada en el ámbito del otro acuerdo, en cambio, si la preferencia es menor o igual a la otorgada por dicho acuerdo, debe aplicarse éste último.” (ALADI, 2020)

    Es menester hacer hincapié en la importancia del conocimiento en profundidad de estas disposiciones ALADI, ya que cada una de las alícuotas establecidas en la Preferencia Arancelaria Regional (PAR) requiere un manejo preciso. Estas tasas preferenciales no sólo afectan el cálculo de los aranceles a la importación, sino que también influyen en la determinación de los costos y precios de los productos, así como en la competitividad de las empresas en el mercado regional. Además, la gestión adecuada de las excepciones establecidas por cada país en su Lista de Excepciones es esencial para evitar posibles conflictos comerciales y garantizar la aplicación uniforme de la PAR en toda la región.

    Siguiendo con los mecanismos de ALADI nos encontramos con los Acuerdos de Alcance Regional (AAR), que en síntesis, son aquellos en los que participan todos los países miembros de ALADI. Actualmente existen vigentes siete Acuerdos de Alcance Regional: Acuerdo sobre Nóminas de Apertura de Mercados (NAM) en favor de Bolivia, Ecuador y Paraguay; el Acuerdo Regional N°4 que instituye la Preferencia Arancelaria Regional; El Acuerdo Regional de Cooperación Científica y Tecnológica; el Acuerdo Regional de Cooperación de Intercambios de Bienes en las Áreas Cultura, Educaciones y Científica; y el Acuerdo Regional Marco para la Promoción del Comercio mediante la Superación de Obstáculos Técnicos al Comercio.

    Por su parte, los Acuerdos de Alcance Parcial (APP), son todos aquellos en los cuales participan uno o más países miembros de la ALADI, pero no la totalidad. Estos acuerdos pueden ser de diferentes tipos, entre los que se encuentran:

        • Los de Complementación Económica, que tienen por objetivo promover el máximo aprovechamiento de los factores de producción, estimular la complementación económica, asegurar condiciones equitativas de competencia, facilitar la concurrencia de los productos al mercado internacional e impulsar el desarrollo equilibrado y armónico de los países miembros;
        • Los Comerciales, que tienen como finalidad exclusiva la promoción del comercio entre los países miembros;
        • Los Agropecuarios, que tienen como objeto fomentar y regular el comercio agropecuario intrarregional;
        • Promoción del Comercio, referidos a materias no arancelarias y tienden a promover las corrientes de comercio intrarregionales;
        • Los Acuerdos de Renegociación del Patrimonio Histórico, y otras modalidades en base al Artículo 14, 25 y 27 del TM80.

    La ficha N°1 de ALADI sobre el TM80 nos transmite que en términos generales, es importante tener en cuenta que los derechos que establezcan los APP rigen para los países suscriptores, y deben estar abiertos a la adhesión de los demás países miembros y contener cláusulas que propicien la convergencia con otros países latinoamericanos no miembros de ALADI.

    V. Régimen de Origen

    Para abordar el tema del Régimen de Origen, es primordial definir cómo se relaciona una mercadería con un territorio a través de tres conceptos esenciales: procedencia, nacionalidad y origen.

    La procedencia de una mercadería se refiere al país desde el cual es exportada hacia el país receptor. Por otro lado, la nacionalidad, un concepto jurídico, se atribuye a la mercancía cuando su situación legal la vincula con el territorio aduanero de un país, permitiéndole permanecer en él indefinidamente, mientras que se considera extranjera cuando no puede permanecer sin haber pasado por un proceso aduanero que la nacionalice. Además, la denominación de origen se utiliza para distinguir un producto en base a las características del entorno en el que se elabora.

    Para determinar si una mercancía puede ser considerada originaria de un país específico, y así aplicar el tratamiento jurídico correspondiente -como gravámenes preferenciales de importación bajo acuerdos comerciales- se emplean las Reglas de Origen, que pueden clasificarse en No Preferenciales y Preferenciales.

    Las Reglas de Origen No Preferenciales son necesarias para determinar el origen de una mercadería en situaciones distintas a la aplicación de preferencias arancelarias. Se utilizan, por ejemplo, en la aplicación de derechos antidumping, medidas compensatorias y salvaguardias, restricciones y prohibiciones de importación por razones de protección sanitaria, así como en prescripciones en materia de marcas de origen y compras del sector público. Estas reglas están reguladas a nivel multilateral por el Acuerdo sobre Normas de Origen de la OMC.

    Por otro lado, las Reglas de Origen Preferenciales se utilizan para determinar si un producto puede recibir un tratamiento preferencial en el marco de acuerdos comerciales. Estas reglas evitan la triangulación comercial y se estructuran en cuatro áreas: 

        • Calificación de Origen: Establece los criterios para que una mercadería sea considerada originaria de un país miembro, según los términos del acuerdo. Básicamente existen tres criterios fundamentales: Criterio de obtenido totalmente; Criterio de producido íntegramente y el Criterio de transformación sustancial.
        • Condiciones de Expedición: Define los requisitos y procedimientos para documentar y transportar las mercancías, asegurando el cumplimiento de las Reglas de Origen.
        • Acreditación del Origen: Establece los mecanismos para certificar el origen de las mercaderías, como la emisión de certificados por autoridades competentes.
        • Verificación y Control del Origen: Define los protocolos para verificar el cumplimiento de las Reglas de Origen durante el proceso aduanero, garantizando su integridad.

    VI.Régimen de Origen

    Para abordar el tema del Régimen de Origen, es primordial definir cómo se relaciona una mercadería con un territorio a través de tres conceptos esenciales: procedencia, nacionalidad y origen.

    La procedencia de una mercadería se refiere al país desde el cual es exportada hacia el país receptor. Por otro lado, la nacionalidad, un concepto jurídico, se atribuye a la mercancía cuando su situación legal la vincula con el territorio aduanero de un país, permitiéndole permanecer en él indefinidamente, mientras que se considera extranjera cuando no puede permanecer sin haber pasado por un proceso aduanero que la nacionalice. Además, la denominación de origen se utiliza para distinguir un producto en base a las características del entorno en el que se elabora.

    Para determinar si una mercancía puede ser considerada originaria de un país específico, y así aplicar el tratamiento jurídico correspondiente -como gravámenes preferenciales de importación bajo acuerdos comerciales- se emplean las Reglas de Origen, que pueden clasificarse en No Preferenciales y Preferenciales.

    Las Reglas de Origen No Preferenciales son necesarias para determinar el origen de una mercadería en situaciones distintas a la aplicación de preferencias arancelarias. Se utilizan, por ejemplo, en la aplicación de derechos antidumping, medidas compensatorias y salvaguardias, restricciones y prohibiciones de importación por razones de protección sanitaria, así como en prescripciones en materia de marcas de origen y compras del sector público. Estas reglas están reguladas a nivel multilateral por el Acuerdo sobre Normas de Origen de la OMC.

    Por otro lado, las Reglas de Origen Preferenciales se utilizan para determinar si un producto puede recibir un tratamiento preferencial en el marco de acuerdos comerciales. Estas reglas evitan la triangulación comercial y se estructuran en cuatro áreas: 

        • Calificación de Origen: Establece los criterios para que una mercadería sea considerada originaria de un país miembro, según los términos del acuerdo. Básicamente existen tres criterios fundamentales: Criterio de obtenido totalmente; Criterio de producido íntegramente y el Criterio de transformación sustancial.
        • Condiciones de Expedición: Define los requisitos y procedimientos para documentar y transportar las mercancías, asegurando el cumplimiento de las Reglas de Origen.
        • Acreditación del Origen: Establece los mecanismos para certificar el origen de las mercaderías, como la emisión de certificados por autoridades competentes.
        • Verificación y Control del Origen: Define los protocolos para verificar el cumplimiento de las Reglas de Origen durante el proceso aduanero, garantizando su integridad.

    Los países miembros de ALADI han establecido reglas de origen preferenciales aplicables a las mercancías sujetas a preferencias arancelarias en los acuerdos suscritos bajo el Tratado de Montevideo (TM80). Estas reglas están contenidas en los Regímenes de Origen de los Acuerdos, los cuales incluyen disposiciones sobre los criterios de calificación de origen, los mecanismos de certificación, y los procedimientos aduaneros para la verificación y control del origen. El Régimen General de Origen de ALADI se encuentra establecido en la Resolución 252 del Comité de Representantes de la ALADI (4 de agosto de 1999).

    Siguiendo con las formas de acreditar el origen de una mercadería, podemos distinguir entre la acreditación mediante Certificado de Origen, y la acreditación mediante Declaración en Factura y otro documento comercial. 

    La acreditación mediante Certificación de Origen -que puede ser mediante un tercero, o por autocertificación-,  es la manera más utilizada en el Comercio Internacional para garantizar que los productos cumplan con los requisitos establecidos en los acuerdos comerciales y disfruten de los beneficios arancelarios correspondientes. El Certificado de Origen proporciona evidencia documental de que los bienes exportados tienen su origen en un país determinado, lo que ayuda a evitar la evasión de aranceles y garantiza la transparencia en las transacciones comerciales. Además, facilita el proceso aduanero al proporcionar información precisa sobre el origen de las mercaderías, lo que contribuye a agilizar los trámites de importación y exportación. 

    “En una operación de comercio internacional entre dos países que cuentan con un Acuerdo del cual resulta un trato preferencial en materia arancelaria, es normalmente el exportador el responsable de tramitar el Certificado de Origen que luego el importador deberá presentar a la Aduana de su país para beneficiarse de la preferencia.” (ALADI, 2020, p. 18).

    Esta agilización de los procesos aduaneros es fundamental para facilitar el comercio internacional y promover la competitividad de los productos en los mercados globales. En este sentido, ALADI ha implementado diversas medidas para simplificar y agilizar el proceso de certificación de origen, lo que contribuye a la eficiencia y fluidez de las operaciones comerciales entre los países miembros.

    Como nos indica la Ficha N°4 de ALADI sobre las Reglas de Origen, una de estas medidas es la creación de un Registro de Entidades Habilitadas y Firmas de Funcionarios Autorizados para la emisión de Certificados de Origen de la ALADI, como parte del Régimen General de Origen establecido en la Resolución 252 del Comité de Representantes. Este registro, administrado por la Secretaría General de ALADI, contiene información sobre las reparticiones oficiales y entidades habilitadas, así como la nómina de funcionarios autorizados y sus firmas autógrafas.

    El objetivo principal de este registro es proporcionar a las aduanas y a los importadores la capacidad de verificar la autenticidad de los certificados de origen emitidos. Por ejemplo, pueden verificar si la persona que firmó el certificado estaba autorizada para hacerlo en la fecha indicada y si la entidad emisora estaba habilitada para certificar el origen de la mercancía. Esta información es de libre acceso a través del sitio web de ALADI, lo que garantiza la transparencia y la confiabilidad del proceso de certificación de origen.

    Además, los países miembros de ALADI y sus organismos nacionales competentes tienen acceso exclusivo a los formularios de registro de funcionarios autorizados, lo que les permite verificar las firmas autógrafas y otros detalles relevantes. Esta disponibilidad de información contribuye a fortalecer la cooperación y la coordinación entre las autoridades aduaneras de los países miembros, facilitando así el intercambio fluido de mercaderías en la región.

    Por otro lado, en el proceso de modernización propio del avance de tecnologías de la comunicación e información, en el 2004 nació la idea de aplicar herramientas informáticas en los procesos de certificación entre los países miembros de ALADI, para promover la facilitación del comercio transfronterizo, brindando a los operadores de la región un mejor servicio. Es así como nace la idea de una “Certificación de Origen Digital (COD)”, es decir, pasar del documento papel al documento electrónico, firmándolos y enviándolos electrónicamente, con el mismo valor jurídico que los emitidos en papel. 

    Para lograr esta propuesta, la Secretaría General de la ALADI creó un plan llamado «Propuesta para la digitalización de Certificados de Origen en el ámbito de la ALADI» en 2004. Este plan introdujo un modelo inicial para usar la tecnología digital en la emisión, firma y envío de los Certificados de Origen utilizando las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC).

    Después, se formó un Grupo Técnico compuesto por más de cien expertos de los países miembros para establecer los procedimientos y especificaciones técnicas del sistema, necesarios para desarrollar las aplicaciones informáticas correspondientes.

    Lo que dio como origen el documento ALADI/SEC/di 2327, en el que se detalla las especificaciones técnicas y los procedimientos generales para la Certificación de Origen Digital en el ámbito de la ALADI. Este documento fue aprobado por la Resolución 386 del Comité de Representantes de la ALADI el 4 de noviembre de 2011.

    Según esta Resolución, la Certificación de Origen Digital en el ámbito de la ALADI tendrá la misma validez legal que la certificación de origen en papel y firma autógrafa establecida en los acuerdos regionales o parciales según el Tratado de Montevideo 1980 (TM80), siempre y cuando se formalice dentro de estos instrumentos jurídicos.

    En este punto, es fundamental resaltar los beneficios que aporta la Certificación de Origen Digital (COD) de la ALADI en las operaciones aduaneras de América Latina y el Caribe, como se detalla en el libro «La Certificación de Origen Digital de la ALADI, una Herramienta para la Facilitación del Comercio Regional» (Secretaría General de ALADI, 2014). La COD permite un ahorro significativo de tiempo, recursos y espacio de almacenamiento al eliminar la necesidad de gestionar grandes cantidades de documentos en papel; y  aumenta la veracidad de los certificados al evitar la posibilidad de falsificaciones o fraudes. 

    Con la COD, el exportador ya no necesita desplazarse a las oficinas de la Entidad Emisora, lo que ahorra tiempo y reduce los costos asociados con el envío de certificados y la acreditación de funcionarios habilitados para firmarlos. Esta modalidad también reduce los gastos relacionados con los traslados, los envíos internacionales y el almacenamiento de documentos físicos. Además, brinda una mayor seguridad, ya que solo el titular de una clave privada registrada en la ALADI puede firmar un COD. Todos estos beneficios contribuyen a agilizar los trámites de exportación e importación en la región, al tiempo que se alinean con los esfuerzos de preservación del medio ambiente al reducir el consumo de recursos naturales y energéticos.

    Para determinar el grado de implementación de los COD en los países miembros, existen cinco etapas:

          1. Desarrollo de las Plataformas de Emisión y de Recepción (DP)
          2. Homologación Interna (HI)
          3. Homologación Externa (HE)
          4. Plan Piloto (PP)
          5. Emisión de Certificados de Origen Digitales Jurídicamente Válidos (COD)

    Referido al proceso que llevan los países miembros de ALADI para la implementación del COD, durante la “VI Reunión de la Comisión de Coordinación para la Certificación de Origen Digital de la ALADI”, del 16 de noviembre 2023, se actualizó el Cuadro “Estado de Implementación del Certificado de Origen Digital”, con la información suministrada por cada uno de los países miembros, con la siguiente información:

          • En etapa de Desarrollo de las Plataformas de Emisión y Recepción (DP) se encuentran Cuba, Ecuador y Panamá.
          • En etapa de Homologación Interna (HI) se encuentran Bolivia y Venezuela.
          • En etapa de Homologación Externa (HE) se encuentran:
              • Brasil con Chile
              • Bolivia con Paraguay
          • En etapa de Plan Piloto (PP) se encuentran Argentina con Colombia.
          • En etapa de Certificados de Origen Digital Jurídicamente Válidos (COD) se encuentran:
              • Argentina con: Brasil, Chile, Paraguay y Uruguay (con Brasil y Uruguay se encuentran emitiendo CO exclusivamente en formato digital)
              • Brasil con: Argentina, Colombia, Paraguay y Uruguay (con Argentina y Colombia se encuentran emitiendo CO exclusivamente en formato digital).
              • Chile con Argentina y Uruguay
              • Colombia con Brasil (se encuentran emitiendo CO exclusivamente en formato digital)
              • México con Perú y Uruguay
              • Paraguay con: Argentina, Brasil y Uruguay
              • Perú con México
              • Uruguay con: Argentina, Brasil, Chile, México y Paraguay. (Con Argentina y Brasil se encuentran emitiendo CO exclusivamente en formato digital)

    Como podemos observar, muchos de los países miembros de la ALADI han avanzado en diferentes etapas para implementar la Certificación de Origen Digital, con variados niveles de avance según el país. Esto demuestra el reconocimiento de la importancia de esta nueva forma de certificación para facilitar el comercio regional y los procesos de integración en América Latina y El Caribe.

    VII. Logística y transporte

      El último punto a resaltar sobre los procesos de Facilitación del Comercio impulsados por la ALADI, es el referido a la Logística y Transporte. Sobre este sentido, es importante destacar que ha apoyado la conformación de la Asociación Latinoamericana de Logística (ALALOG), que reúne a Asociaciones y Cámaras Logísticas de los países miembros de ALADI, con el objetivo de difundir, intercambiar experiencias y prácticas para el desarrollo de la actividad logística en la región. Esta Asociación permite monitorear las necesidades de la actividad logística regional a corto, mediano y largo plazo, y ofrecer dicha información a los Gobiernos a través de la ALADI.

      Por otro lado, la ALADI ha propiciado la articulación regional de normas y procedimientos en materia de transporte, orientándose a la simplificación y armonización de los estándares, las reglas y las operaciones del comercio; ahorrar tiempo y reducir costos y fortalecer la integración física y el comercio regional. En ese sentido, la firma del Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre (ATIT), en septiembre de 1990, sirve de marco jurídico en la Asociación para la prestación de servicios de transporte terrestre en 7 países miembros: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Paraguay, Perú y Uruguay. 

      También en el marco de la ALADI existen iniciativas para la facilitación del Comercio a través del transporte fluvial, es aquí donde encontramos el “Acuerdo de Santa Cruz de la Sierra”, suscrito por Argentina, Bolivia, Brasil, Paraguay y Uruguay, impulsado políticamente desde 1967 y concretado con la creación del Comité Intergubernamental de la Hidrovía (CIH) en 1992, y su inclusión dentro del marco del Tratado de la Cuenca del Plata. Desde entonces, el Acuerdo de Santa Cruz de la Sierra, establece un marco normativo común para el transporte por la Hidrovía Paraguay-Paraná.

      Para quienes deseen profundizar sobre la importancia de este Acuerdo y el Sistema Informático de Tránsito Internacional Aduanero (SINTIA), que es el sistema electrónico utilizado para la gestión de la información relacionada con el tránsito de mercaderías por las vías terrestre y fluvial a través de sus fronteras, se sugiere la lectura del artículo disponible en: https://aduananews.com/sintia-sistema-informatico-de-transito-internacional-aduanero/

      Como último elemento en la Facilitación del Comercio encontramos el
      Programa Operador Económico Autorizado (OEA), que busca facilitar el comercio internacional mediante estándares de seguridad y facilitación establecidos por la OMA. Los países de la ALADI están implementando y fortaleciendo estos programas, especialmente desde la entrada en vigor del Acuerdo sobre Facilitación del Comercio de la OMC en 2017. El Concepto OEA tiene su origen en el Marco Normativo SAFE, que proporciona criterios para la acreditación de operadores y los beneficios asociados, como ahorro de tiempo y costos en la cadena logística. Este concepto fomenta la colaboración entre aduanas y empresas para garantizar la seguridad y minimizar riesgos en la cadena de suministro.

      Como indica ALADI en su portal web “una de las características fundamentales de la figura OEA radica en brindar la posibilidad de que las administraciones aduaneras suscriban Acuerdos de Reconocimiento Mutuo (ARM) de sus programas OEA con miras a asegurar y facilitar en mayor medida el comercio. Ello implica que el gobierno de un país reconozca formalmente el programa OEA del gobierno de otro país y que, consecuentemente, otorgue ventajas a los OEA de dicho país.” (ALADI, s.f)

      VIII. Perspectivas  y potencial no explorado

      Las perspectivas futuras de ALADI se centran en su capacidad para seguir influyendo de manera positiva en las aduanas de la región mediante una mayor cooperación y coordinación entre los países miembros. ALADI puede desempeñar un papel crucial en la estandarización de procesos aduaneros, la implementación de tecnologías innovadoras y la capacitación del personal aduanero para mejorar la eficiencia y la seguridad en el comercio internacional.

      En este sentido, ALADI ha comenzado a impulsar la implementación de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), una herramienta que centraliza y simplifica los trámites aduaneros y documentarios relacionados con el comercio internacional. Esta iniciativa es vital para continuar con la Facilitación del Comercio en la región, reduciendo los tiempos y costos y aumentando la transparencia y la eficiencia en la gestión del flujo internacional de mercaderías.

      Además, existen áreas aún no exploradas donde ALADI podría jugar un papel importante. Por ejemplo, la armonización de regulaciones aduaneras y la facilitación del comercio electrónico transfronterizo son aspectos que requieren una atención especial. Promover estándares comunes y procedimientos simplificados en estas áreas podría facilitar significativamente el intercambio comercial entre los países miembros.

      En cuanto a la cooperación aduanera, ALADI podría aprovechar oportunidades para fortalecer la colaboración con otras organizaciones regionales y mundiales. Compartir mejores prácticas y experiencias en la gestión aduanera podría mejorar la eficiencia y la integridad de los procesos aduaneros en toda la región, garantizando un comercio más fluido y seguro.

      IX. Conclusiones

      Como expresamos al inicio de este artículo, la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI) desempeña un papel fundamental en la promoción del comercio y la cooperación regional en América Latina y el Caribe, impactando de manera profunda en el quehacer aduanero regional. 

      A lo largo de su historia, ALADI ha trabajado incansablemente para fortalecer los lazos comerciales entre los países miembros, facilitando los intercambios comerciales y promoviendo la integración económica entre los países de Latinoamérica y El Caribe. La gestación de tres bloques de integración en su seno, son la mejor prueba de ello. La Comunidad Andina, el Mercado Común del Sur (MERCOSUR), y la Alianza del Pacífico, son bloques originados en la misma matriz de integración, las tres comparten su ADN.

      Su trabajo en las preferencias arancelarias, los acuerdos comerciales y la certificación de origen ha permitido una mayor integración económica y una facilitación efectiva del comercio regional. Ha sido un actor silencioso pero poderoso. A medida que la región enfrenta nuevos desafíos y oportunidades, ALADI está bien posicionada para continuar siendo un pilar de la cooperación entre países hermanos.

      X. Referencias

      El autor es Vocal (Juez) del Tribunal Fiscal de la Nación. Profesor Universitario. Especializado en la Enseñanza de la Educación Superior (UCC). Profesor de la Universidad Nacional de Córdoba (UNC), Universidad Blas Pascal (UBP), Universidad Austral y Universidad del Rosario (Colombia). Profesor y miembro del Comité Académico de la Especialización en Derecho Aduanero de la Universidad Nacional de La Plata (UNLP). Miembro del Grupo de Redacción del Código Aduanero del MERCOSUR. Autor del libro: "La Organización Mundial de Aduanas. Pasado, presente y futuro.". Editorial Tirant Lo Blanch, Ciudad de Valencia, España. Año 2021 - Correo Electrónico: [email protected]

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