La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió la suspensión de la traba de medidas cautelares hasta el 31 de diciembre de 2019 a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, inscriptas como tal en el “Registro de Empresas MiPyMES”.
La medida se publicará próximamente en el Boletín Oficial.
La extensión del plazo alcanza también aquellos contribuyentes que se encuentren caracterizados en el “Sistema Registral” como “Potencial Micro, Pequeña y Mediana Empresa – Tramo I y II”.
Cabe recordar que la AFIP ya había suspendido la traba de medidas cautelares hasta el 30 de noviembre.
Anteriormente, había flexibilizado los mecanismos para levantar los embargos, incorporando la figura de la dación en pago, que permite utilizar los fondos embargados para cancelar las obligaciones impositivas y/o de los recursos de la seguridad social reclamadas en una ejecución fiscal.
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