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AFIP formalizó la suspensión de embargos para mipymes

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó la prórroga de los embargos a Micro, Pequeñas y Medianas Empresas inscriptas en las categorías correspondientes hasta el próximo 31 de diciembre, mediante la resolución general 4638/2019.

La normativa, publicada este viernes (29.11.2019) en el Boletín Oficial, señala que suspende “…entre los días 14 de agosto de 2019 y 31 de diciembre de 2019, ambos inclusive…”, la traba de medidas cautelares correspondientes a sujetos que registren la condición de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

Asimismo, el texto oficial aclara que tal beneficio que alcanza a los sujetos que registren la condición de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas inscriptos en el “Registro de Empresas MiPyMES” o que se encuentren caracterizados en el “Sistema Registral” como “Potencial Micro, Pequeña y Mediana Empresa – Tramo I y II”, deberá efectuarse, en caso de corresponder, en forma progresiva entre los meses de enero de 2020 y abril de 2020, ambos inclusive”.

La medida, firmada por el titular de la AFIP, Leandro Cuccioli, entra en vigor de forma inmediata.

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