El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) estableció mediante la Resolución 338/2025 que los trámites para obtener la autorización por equivalencia de productos veterinarios no podrán superar los 30 días corridos, garantizando mayor agilidad y certeza en los procesos administrativos.
Además, se amplió la lista de países autorizados para la equivalencia, incorporando a los países socios fundadores del Mercado Común del Sur (“MERCOSUR”) — Brasil y Paraguay — siempre que cumplan con estándares equivalentes a los aplicados en la República Argentina. Esta ampliación favorece la homologación y circulación de productos veterinarios entre Argentina y dichos países, facilitando el comercio regional.
La medida complementa a la Resolución 333/2025, que estableció el procedimiento para la autorización por equivalencia de productos veterinarios registrados, elaborados y comercializados en los países incluidos en el anexo, que actualmente comprende a:
Estados Unidos de América, Japón, Reino de Suecia, Confederación Suiza, Estado de Israel, Canadá, República de Austria, República Federal de Alemania, República Francesa, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Reino de los Países Bajos, Reino de Bélgica, República Oriental del Uruguay, Reino de Dinamarca, Reino de España y República Italiana.
La resolución tiene vigencia inmediata desde el 19 de mayo de 2025, día de su publicación.