InicioTributarioLa AFIP ajusta el pago a cuenta del Impuesto PAIS para importaciones

La AFIP ajusta el pago a cuenta del Impuesto PAIS para importaciones

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha introducido nuevas modificaciones al régimen de pago a cuenta del “Impuesto PAIS” mediante la Resolución General 5559, publicada hoy (03.09.2024) en el Boletín Oficial. Estas modificaciones se aplican al régimen previamente dispuesto por la Resolución General 5393, que regula las operaciones comprendidas en los incisos b) y e) del artículo 13 bis del Decreto 99/2019.

La resolución de la AFIP actualiza las alícuotas aplicables a las operaciones de importación de mercaderías incluidas en la Nomenclatura Común del Mercosur (N.C.M.), adecuando el régimen a la reducción al 7,5% de la alícuota del impuesto establecida por el Decreto 777/2024. Esta reducción se aplica a las operaciones mencionadas en los incisos d) y e) del primer párrafo del artículo 13 bis del Decreto 99/2019.

Una de las disposiciones más destacadas es la introducida mediante el Decreto 779/2024, que establece que, en casos específicos de importación para consumo de mercadería previamente importada bajo un régimen de importación temporaria (según el Decreto 1330/2004 o el Decreto 688/2002), la AFIP podrá percibir el 100% del impuesto correspondiente. Esta percepción se hará efectiva al momento del registro de la solicitud de destinación definitiva de importación para consumo.

Las nuevas alícuotas son las siguientes:

  • Para las operaciones del inciso b) del artículo 13 bis del Decreto 99/2019: 28,50%.
  • Para las operaciones del inciso e) del mismo artículo: 7,125%.

El régimen de pago a cuenta afecta a la importación de mercaderías incluidas en las posiciones arancelarias de la N.C.M. especificadas en el Anexo I del Decreto 99/2019. Sin embargo, quedan exceptuadas las mercaderías incluidas en ciertas posiciones arancelarias detalladas, así como insumos y bienes intermedios vinculados a la canasta básica alimentaria y otros bienes relacionados con la generación de energía, conforme lo establezcan las Secretarías competentes del Ministerio de Economía y la AFIP.

Con estas modificaciones, la AFIP busca adecuar el régimen de pago del Impuesto PAIS a las recientes disposiciones gubernamentales, garantizando una mayor precisión y eficiencia en la percepción de este tributo.

La normativa tiene vigencia inmediata. 

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