El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) autorizó el transporte de animales vivos y alternativamente otras cargas, excepto alimentos, mientras dure la emergencia sanitaria por la pandemia de coronavirus.
Así lo establece la Disposición 131/2020 publicada este martes (21.04.2020) en el Boletín Oficial, que suspendió la prohibición existente en forma expresa de transportar animales vivos y alternativamente otras cargas.
La misma destacó que “a fin de no afectar el transporte de animales en pie y la carga alternativa de otros productos, excepto sustancias alimenticias en el orden nacional, resulta conveniente suspender (la prohibición), en forma transitoria y mientras dure la vigencia de la emergencia pública en materia sanitaria”.
Además, subrayó que el transporte de ganado en pie en todo el territorio nacional debe dar cumplimiento a las exigencias sanitarias establecidas para esta actividad.
Asimismo, prohibió en forma expresa la carga de sustancias alimenticias, junto con animales vivos, las cuales deberán ser transportadas en vehículos habilitados a tal fin.
La normativa remarcó que el incumplimiento de la misma dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas por la ley y el Manual de Procedimiento de Infracciones del Senasa.
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