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La ARCA integra la reposición de stock al sistema VUCEA

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) implementó un avance en la integración tecnológica del comercio exterior argentino a través de la Resolución General 5613/2024. Esta normativa incorpora al Régimen Nacional de la Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA) la autorización de importación de mercaderías con el beneficio de reposición de stock, agilizando y centralizando los procedimientos.

El desarrollo es el resultado del trabajo conjunto entre la Unidad Ejecutora del Régimen Nacional de la VUCEA, un órgano desconcentrado de la Secretaría de Comercio del Ministerio de Economía, y las áreas técnicas de la ARCA.

Según lo publicado en el Boletín Oficial este viernes (13.12.2024), la integración de este procedimiento al sistema VUCEA no solo simplifica los trámites aduaneros, sino que también mejora la eficiencia operativa. Los procesos que antes requerían tiempo y esfuerzo administrativo ahora se gestionan de manera digital y centralizada.

La resolución establece que este beneficio se sustenta en el marco regulatorio definido por el Decreto N° 1.330/2004, que regula la importación temporaria de mercaderías destinadas al perfeccionamiento industrial, exigiendo su exportación tras el procesamiento. Además, permite la reposición de mercaderías idénticas bajo condiciones específicas.

Modernización

Con la disolución de la AFIP y la creación de la ARCA a través del Decreto N° 953/2024, las normativas vinculadas, como las Resoluciones N° 2.147/2006, N° 3.599/2014 y N° 426/2024, han sido optimizadas mediante la incorporación de la Ventanilla Única de Comercio Exterior y los desarrollos del Sistema Informático MALVINA (SIM).

Ese marco da lugar a un trabajo coordinado. A partir de él, la Subsecretaría de Comercio Exterior, a través del sistema VUCEA, autoriza estas operaciones con validación automática en el SIM. Por su parte, la Dirección de Valoración y Comprobación Documental, dependiente de la Subdirección General de Control Aduanero (DGA), identificará las destinaciones de importación seleccionadas para fiscalización externa mediante un análisis de riesgo.

La medida entrará en vigencia alos diez (10) días hábiles a partir de su publicación oficial.

Se recomienda consultar las disposiciones generales, las pautas procedimentales y las disposiciones transitorias para garantizar su correcta implementación y eficiencia operativa.

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