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La AFIP instrumenta beneficios de la ley de Economía del Conocimiento

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó el beneficio de derechos de exportación cero para las firmas exportadoras de servicios que están alcanzadas por la ley de Economía del Conocimiento, a través de la Resolución General 5013/2021.

Según la normativa, publicada este jueves (24.06.2021) en el Boletín Oficial, las empresas que podrán acceder al beneficio son aquellas que con anterioridad tributaban un 5% en concepto de derechos de exportación.

Asimismo, la AFIP instrumentó el procedimiento que deben seguir las empresas para acceder a la utilización de los excedentes pagados hasta el momento.

La Resolución General operativiza el beneficio establecido en el decreto 1034/20 que prevé la reducción de la alícuota.

Allí se fija el derecho de exportación en 0% para prestaciones de servicios realizadas en el país, cuya utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el exterior, siempre que sean efectuadas por los inscriptos en el Registro Nacional de Beneficiarios del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento.

El Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento, creado por la Ley 27.506, apunta a promover nuevas tecnologías, generar valor agregado, fomentar el empleo de calidad, facilitar el desarrollo de pymes y aumentar las exportaciones de las empresas que se dediquen a servicios basados en el conocimiento.

Las modificaciones a la ley otorgaron un carácter más progresivo, equitativo, federal y solidario.

Para acceder al beneficio de derecho de exportación cero, las firmas deben estar inscriptas en el Registro Nacional de Beneficiarios del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento (Registro EDC).

Fuente: Télam

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