La Dirección General de Aduanas (DGA) actualizó los valores de referencia para la exportación de leche en polvo. Con esta herramienta, la dependencia de AFIP fortalece su capacidad de fiscalización del comercio exterior para evitar maniobras abusivas como la subfacturación de ventas al exterior. El instrumento permite optimizar controles y desarticular posibles operaciones fraudulentas que afecten negativamente el ingreso genuino de dólares al país. La norma, publicada este jueves (30.06.2022) en el Boletín Oficial, surge del trabajo coordinado con los Ministerios de Desarrollo Productivo y de Agricultura y a su vez se da en el marco del diálogo permanente con distintas cámaras representativas del sector privado.
La medida de la DGA ofrece un primer control de las declaraciones en resguardo del interés fiscal que permiten desarticular potenciales maniobras de evasión de impuestos y prácticas abusivas que afectan el ingreso de divisas al mercado cambiario. Asimismo, con los valores de referencia es posible abordar la competencia desleal de aquellos operadores que no cumplen las normas y detectar desvíos respecto de los valores usuales de exportación para mercaderías idénticas o similares.
Desde el 2019, la DGA fijó precios testigo para más de 20 complejos exportadores, tras haber sido desarticulados durante el gobierno anterior. Recientemente, incorporó al universo de mercaderías alcanzadas por este instrumento al carbonato de litio.
Para la leche en polvo, la Aduana estableció en junio de 2021 valores de referencia que ahora fueron actualizados. La Resolución General 5215/2022 publicada este jueves en el Boletín Oficial modifica estos precios testigo para distintos formatos en los que se comercializa esta mercadería hacia el exterior, en línea con los incrementos del valor internacional de este producto. De esta manera, el valor FOB (previo al pago de fletes) se ubicará a partir de esta norma entre los 3,10 dólares y 4,13 dólares el kilogramo.
Para la determinación de esta actualización de los valores de referencia de la leche en polvo, la Aduana consideró fuentes de información internas y externas que determinaron la necesidad de modificar los precios testigos. Los valores de referencia estarán vigentes para los envíos realizados a países de América, África, y Asia.
En diciembre de 2015 había más de 20 productos específicos con valores referenciales, pero el gobierno anterior llevó adelante una paulatina desarticulación de la herramienta hasta que, en noviembre de 2017, derogó la normativa que permitía establecer valores referenciales.
El instrumento fue revitalizado a partir de 2019 y desde ese entonces se han establecido precios testigo para la exportación carne vacuna, carbonato de litio, mosto concentrado, aceite esencial de limón, colas de langostinos, maní blancheado, ciruelas secas, limas y limones, langostinos, calamares, cueros y pieles, peras, manzanas, ajo, carne de cerdo, tomate perita, arándanos, leche en polvo, cebolla, papa, pasas de uva y corvina. (Resolución General 5215/2022)
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