La Dirección General de Aduanas (DGA) determinó el valor de referencia para cinco variedades de manzanas y otras cinco de peras, a través de la Resolución General 4974/2021 publicada este lunes (26.04.2021) en el Boletín Oficial.
De esta manera, la autoridad competente que regula el despacho aduanero continuó con el proceso de restablecimiento de valores de referencia para productos de exportación, una herramienta para identificar posibles maniobras abusivas en comercio exterior.
La normativa publicada fijó para las exportaciones de estas dos frutas valores de entre US$ 0,55 y US$ 0,88, según cada variedad.
Para el caso de la venta al exterior de peras y de manzanas estos valores rigen para cuando se destinen a Bélgica, Dinamarca, España, Francia, Grecia, Irlanda, Islandia, Italia, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, Suecia, Alemania, Rusia, Estados Unidos, Canadá, Bolivia, Brasil, Colombia, Chile, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela.
Con estos valores la Aduana establece precios testigo como instrumentos para detectar la subfacturación en las exportaciones.
Así, busca identificar desvíos respecto de los valores usuales para mercaderías idénticas o similares.
Estos precios de referencia constituyen un primer control de las declaraciones en resguardo del interés fiscal.
Las disposiciones de la presente Resolución serán de aplicación a partir del segundo día hábil administrativo, inclusive, posterior al de su publicación en el Boletín Oficial
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