El Gobierno nacional simplificó los procedimientos de intercambio de información entre los distintos organismos del Estado al régimen de la Ventanilla Única de Comercio exterio (VUCEA).
Según el Decreto 286/2019 del Boletín Oficial publicado este jueves (25.4.2019) la medida abarca a la Administración Central y los Organismos Descentralizados como también a las empresas del Estado, a las sociedades del Estado y a las sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria. En tanto, las sociedades de economía mixta y todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el Estado nacional tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias, estarán incluidas en esta normativa.
La obligación comprenderá los procedimientos y trámites de declaraciones, permisos, certificaciones, licencias y demás autorizaciones o gestiones necesarias para realizar operaciones de importación o exportación. Y cuando corresponda, cada organismo deberá indicar las excepciones, requisitos, condiciones o reglas que resulten necesarias para identificar el universo de mercaderías alcanzadas por la regulación de que se trate.
La normativa establece que “toda creación, modificación o eliminación de regímenes que regulen el tráfico internacional de mercaderías deberá ser comunicada por la autoridad competente a la Unidad Ejecutora del Régimen Nacional de Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA)”.
Así, el plazo para realizar el trámite será de un día hábil, contado desde su determinación o emisión, mediante el módulo “Comunicaciones Oficiales” del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE), acompañado del formulario correspondiente que también podrá ser descargado de la plataforma cice.vuce.gob.ar. En este marco, la AFIP será quien controle las tramitaciones, mediante la Dirección General de Aduanas.
En esa línea, los organismos comprendidos en esta medida deberán comunicar a la VUCEA todos los regímenes vigentes bajo su órbita de competencia que regulen el comercio internacional, detallando las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM). Esta acción se podrá llevar adelante mediante la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD).
“Es objetivo del Gobierno Nacional impulsar el uso intensivo de las tecnologías de información y las comunicaciones, a efectos de facilitar a los ciudadanos la realización de trámites mediante transferencia electrónica de datos, como así también, entre los organismos gubernamentales que, en el marco de sus competencias, tienen injerencia en las operaciones de comercio exterior”, explica la medida.
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