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El Gobierno instrumenta el Certificado de Origen Derivado

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El Gobierno nacional ha implementado la instrumentación del Certificado de Origen Derivado, para aquellas mercaderías provenientes del MERCOSUR y Estados con Acuerdos Preferenciales, que durante su transporte y/o almacenamiento, utilicen un área aduanera especial, una zona de procesamiento de exportaciones o una zona franca, pudiendo ser objeto de operaciones destinadas a asegurar su comercialización, conservación, fraccionamiento en lotes o volúmenes u otras operaciones.

Así lo establece la Resolución 669/2021, publicada este jueves (21.10.2021), cuyo texto indicó que la Cámara Argentina de Concesionarios de Zonas Francas solicitó ser habilitada para la emisión de los certificados de origen derivados requeridos por el Anexo de la Decisión Nº33/15 del Consejo del Mercado Común del MERCOSUR. Ante dicha solicitud, se consideró que en vigor la instrumentación de dichos beneficios, implicará un mejor acceso y permitirá traccionar actividades exportadoras en dicho ámbito, beneficiando las operatorias de los operadores del comercio exterior.

Ante ello, la normativa de la Secretaría de Industria, Economía del Conocimiento y Gestión Comercial Externa del Ministerio de Desarrollo Productivo determinó habilitar a la Cámara Argentina de Concesionarios de Zonas Francas, como entidad autorizada para extender tales Certificados de Origen Derivados.

El texto oficial consta de 18 artículos, entre los cuales se encuentran aquellos que establecen la modalidad de implementación de la presente medida, que comenzará a regir desde el día siguiente de su publicación.

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