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El Gobierno flexibiliza la importación de cigarrillos

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La Administración General de Ingresos Públicos flexibilizó las normas de importación de cigarrillos, a través de la Resolución General 4715/2020, publicada este miércoles (13.05.2020) en el Boletín Oficial.

La decisión, anunciada este miércoles (15.05.2020) en el Boletín Oficial, dispone «con carácter de excepción, que hasta el 30 de septiembre de 2020 inclusive, podrán utilizarse instrumentos fiscales de control de color azul para el expendio de cigarrillos importados» y «deberán contener sobreimpresa la leyenda “IMPORTADO”, junto con los datos obligatorios indicados».

La norma recuerda en el considerando que el artículo 7 de la Resolución General 2445 y sus modificaciones complementarias “establecieron los procedimientos para la determinación e ingreso de los impuestos internos -cigarrillos- y del adicional de emergencia a los cigarrillos” y que a su vez determinaron “las características que deberán reunir los instrumentos fiscales de control utilizados para el expendio de cigarrillos, a los fines de su fiscalización y control, discriminándolos por productos nacionales e importados”.

No obstante, la AFIP explica que “en virtud de la pandemia de COVID-19 declarada por la Organización Mundial de la Salud, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297 del 19 de marzo de 2020 se dispuso el aislamiento social, preventivo y obligatorio entre los días 20 y 31 de marzo de 2020, ambos inclusive” y que luego fue prorrogado “por sus similares N° 325 del 31 de marzo de 2020, N° 355 del 11 de abril de 2020, N° 408 del 26 de abril de 2020 y N° 459 del 10 de mayo de 2020, hasta el 24 de mayo de 2020, inclusive”, por lo que las empresas tabacaleras mostraron sus “inconvenientes en el desarrollo de la manufactura de sus productos”.

En ese sentido, la AFIP admite que “como alternativa para no desabastecer al mercado local, las citadas empresas están recurriendo a la importación de cigarrillos, por lo que requieren cantidades inusuales de instrumentos fiscales de control rojo”.

Las disposiciones de la nueva resolución, firmada por la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, entran en vigencia de forma inmediata.

 
 
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