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El Gobierno dispuso un mecanismo de cancelación de obligaciones impositivas y aduaneras

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El Gobierno Nacional dispuso un mecanismo para la cancelación de obligaciones impositivas y aduaneras mediante ciertos bonos o títulos emitidos por el Banco Central de la República Argentina (BCRA).

Así lo establece, el Decreto 72/2023, publicado hoy (22.12.2023) en el Boletín Oficial, cuyo artículo 1 dice: «Los bonos o títulos que emita el Banco Central de la República Argentina(BCRA) en ejercicio de las facultades establecidas por el inciso i) del artículo 18 de la Carta Orgánica de dicha entidad, aprobada por la Ley N° 24.144 y sus modificatorias, para quienes tengan deudas por importaciones de bienes con registro de ingreso aduanero y/o importación de servicios -en los términos que establezca el BCRA- efectivamente prestados, hasta el 12 de diciembre de 2023, inclusive, podrán darse en pago para la cancelación de las obligaciones impositivas y aduaneras, con más sus intereses, multas y accesorios, cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentra a cargo de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Economía…».

La norma además indica las siguientes excepciones:

a. Aportes y Contribuciones destinadas al Régimen de la Seguridad Social.
b. Contribuciones destinadas al Régimen de Obras Sociales.
c. Las cuotas correspondientes al Seguro de Vida Obligatorio.
d. Las cuotas con destino a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo.
e. Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias.
f. Las obligaciones derivadas de la responsabilidad sustitutiva o solidaria por deudas de terceros o de su actuación como agentes de retención y percepción.
Respecto a tales bonos y títulos a que hace referencia el párrafo anterior serán aquellos emitidos a partir de la fecha de entrada en vigencia del presente decreto y hasta el 31 de marzo de 2024, inclusive, expresamente ceptados por la Administración Federal de Ingresos Públicos.

El cómputo de los bonos o títulos emitidos, susceptibles de ser utilizados como dación en pago de las obligaciones tributarias y aduaneras vencidas, estará limitado a un valor total de dálares estadounidenses tres mil quinientos millones (USD 3.500.000.000)».

Para este fin, la norma del PEN estableció el siguiente cronograma:

a. Un valor máximo equivalente a USD 1.000.000.000 desde el 30 de abril de 2025 hasta el 29 de abril de 2026, ambas fechas inclusive.
b. Un valor máximo equivalente a USD 1.000.000.000 desde el 30 de abril de 2026 hasta el 29 de abril de 2027, ambas fechas inclusive.
c. Un valor máximo equivalente a USD 1.500.000.000 desde el 30 de abril de 2027 hasta el 31 de octubre de 2027, ambas fechas inclusive.

La medida comenzará a regir de forma inmediata, surtiendo efectos para las suscripciones de bonos o títulos efectuadas a partir de esa fecha, inclusive.

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