InicioComercio¿El futuro de las reglas de origen?

¿El futuro de las reglas de origen?

-

Durante el 8 y 9 de noviembre se desarrolló en Santiago de Chile, la Conferencia Mundial sobre Origen de la Organización Mundial de Aduanas, coorganizada por el Servicio Nacional de Aduanas de Chile.

La Conferencia contó con la presencia de un gran número de expertos de la OMA; OMC, UNCTAD, así como representantes, públicos y privados, de las Américas y El Caribe, África, Asia y Europa.

Durante las sesiones se revisaron cómo los diferentes procesos de integración están negociando e implementando las reglas de origen, así como las tendencias en relación a la necesaria digitalización del certificado de origen. Un tema que en nuestra región todavía está al debe, aunque los esfuerzos realizados por Alianza del Pacífico y países como Uruguay, dan cuenta de los esfuerzos que hace la región para implementar una política de paperless trading en esta materia.

Otra cuestión que fue tratada, es el enfoque del cuidado del medio ambiente, y cómo algunos países están integrando en los procesos de negociación, normas sobre incluir requisitos relativos al cuidado del medio ambiente. Esta cuestión puede ser muy positiva, porque de alguna manera promoverá procesos como el reciclaje y la remanufactura, vetados normalmente como una operación que pueda conceder el carácter originario de una mercancía. Sin embargo, un enfoque estricto, en relación a establecer ciertos criterios de origen relacionados con el cuidado al medio ambiente, puede ser entendido como una barrera no arancelaria, tal como, muchas voces ven la normativa que actualmente la Unión Europea discute en su implementación relativa al respecto de la deforestación (1).

Otro asunto relevante discutido, fue cómo crear ambientes de confianza con el sector privado, dado que finalmente los beneficios establecidos en los acuerdos comerciales pretenden ser alcanzados por exportadores e importadores. Las dificultades que estos encuentran en los procesos de certificación de origen, así como las verificaciones que las Administraciones Aduaneras realizan constituyen barreras adicionales al momento de reclamar las preferencias arancelarias. 

Y no se trata de no aplicar los controles, todo lo contrario. Se trata de hacerlos más eficientes. Sin embargo, el día a día, y las complejidades propias de los procedimientos puede terminar desincentivando la aplicación de los acuerdos comerciales. 

Y acá un tema relacionado, por ejemplo con la famosa norma denominada comúnmente como “Tránsito Directo” o “Transbordo Directo”, que prescribe, que cuando la mercancía originaria transite o se almacene por un tercer país no parte del Acuerdo respectivo, debe probarse que no ha sufrido proceso de alteración o transformación alguno en el tercer país, salvo que se trate de aquellas operaciones mínimas para su conversación o carga o descarga. El problema de esta norma radica en un tema probatorio, y además en el hecho de que se trata de probar un hecho negativo. ¿Cómo pruebo que la mercancía que hizo tránsito o se almacenó en ese tercer país, no sufrió ningún proceso de transformación o alteración? 

Los primeros acuerdos disponían que era necesario precaverse de una documento emitido por las autoridades aduaneras del tercer país, cuestión que en los hechos se transformaba en imposible. Con el tiempo, en algunos acuerdos, o en la interpretación de las aduanas, este requisito se ha flexibilizado, a efectos probar ese tránsito mediante otro tipo de documentación, como pudiere ser documentos de transporte emitidos por los operadores intervinientes. Sin embargo, este punto, así como la posibilidad de aceptar certificados de origen con errores formales o copias diferentes del original, sigue siendo un amplio espacio donde reina la incertidumbre jurídica y la discrecionalidad de la autoridad. Reducir esas brechas debe ser un objetivo concreto de los negociadores y las aduanas en los próximos años. 

¿Cuál es el futuro de las reglas de origen?

Pareciera que no existe duda acerca de la necesidad de avanzar hacia la digitalización, y dejar atrás los formularios formales y en papel, firmados en original, entre otros requisitos.

Sin embargo, esta modalidad no asegura que las reglas de origen se conviertan en un tema de fácil aplicación, requiriéndose mucha capacitación a los actores públicos y privados. Cuestión aparte merecen las PYMES, respecto de las cuales el conocimiento de las reglas de origen puede resultar un asunto mucho más lejano.

Con todo eso, es importante considerar que detrás de la negociación de las reglas de origen, está puesto una cuestión que va mucho más allá que el cumplimiento de ciertas formalidades en aduanas. Son un instrumento de la política comercial de cada país, y aun cuando insertas en un proceso de integración comercial, los tiempos que corren pareciera haber una notoria complejización de las mismas. Y entonces, el cumplimiento de las mismas se torna más difícil, y requiere la intervención de especialistas, que conllevan costos adicionales. De ahí que, pensar en la aplicación de un acuerdo comercial puede convertirse en un dolor de cabeza que requiere de expertos par lograr con éxito el arancel 0 al final del camino.

Pero del mismo modo, los procesos de verificación de origen se están volviendo más estrictos en muchas regiones y países. En efecto, algunas administraciones aduaneras se vuelven más estrictas en el cumplimiento de ciertos requisitos formales que frustran finalmente alcanzar las preferencias arancelarias.

Entonces, nos preguntamos ¿cuál es el camino? Ya lo dijimos, digitalización, pero también intentar avanzar hacia reglas de origen estandarizadas, al menos regionalmente. Trabajar hacia una cierta convergencia regulatoria, de manera tal que las reglas de origen no terminen por convertirse en una barrera “no arancelaria”, si así lo pudiéramos decir. En este punto es bueno advertir, que mientras las reglas de origen, como ya dijimos, son un instrumento de política comercial, que variará dependiendo de las sensibilidades económicas de cada país; otra cosa son los requisitos relativos a la certificación y verificación de origen.

Por ahora el desafío más a la mano, pareciera ser avanzar hacia procesos de certificación digitales y armonizados, proceso de verificación en aduanas simples y con una alta certidumbre jurídica, que permita a los exportadores e importadores alcanzar efectivamente y simplificadamente las preferencias arancelarias dispuestas en los acuerdos comerciales.


1. Reglamento (UE) 2023/1115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de mayo de 2023, relativo a la comercialización en el mercado de la Unión y a la exportación desde la Unión de determinadas materias primas y productos asociados a la deforestación y la degradación forestal, y por el que se deroga el
Reglamento (UE) nº 995/2010.

Abogado, Master en Derecho Internacional de la Universidad de Heidelberg. Trabajó por casi 20 años en la Aduana de Chile ocupando diversas responsabilidades. Experto acreditado de la OMA y es árbitro/panelista frecuente de la OMC. Es profesor en diversas Universidades y autor de diversas publicaciones en materia de aduanas y comercio internacional. Es Presidente del Instituto Chileno de Comercio Internacional, y actualmente es Director de Asuntos Regulatorios y Aduaneros de DHL para Centro y Sudamérica.

ULTIMAS NOTICIAS