La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha dictado la Resolución General 4978/2021 mediante la cual procedió a modificar la Resolución 285 referida al Registro de Importación de Tránsito Terrestre.
La nueva Resolución, publicada este miércoles (28.04.2021) dice en sus considerandos “Que, atento la experiencia recogida en la utilización de dicho registro simplificado y con el objeto de precisar el alcance de las normas citadas precedentemente y de los procedimientos aplicables a los distintos operadores, resulta necesario modificar las Resoluciones Generales N° 285 y su modificatoria y N° 2.889, sus modificatorias y complementarias, a efectos de exceptuar de los procedimientos dispuestos en ellas a las Declaraciones Detalladas de Tránsito (TR) y de Tránsito Aduanero Monitoreado de Importación (TRM) controladas mediante la utilización del Precinto Electrónico de Monitoreo Aduanero (PEMA) y registradas mediante la utilización de “Código AFIP”.
En consecuencia, se resuelve que la Dirección General de Aduanas, órgano que integra la AFIP, podrá establecer aquellos tránsitos de particulares de importación declarados con ciertos Códigos AFIP, que estarán sujetos a la utilización obligatoria del Precinto Electrónico de Monitoreo Aduanero (PEMA) y cuya implementación se regirá por el cronograma que estará disponible en el micrositio “Iniciativa de Seguridad de Tránsito Aduanero” https://www.afip.gob.ar/ista/”.
Por otro lado, la autoridad competente en la aplicación de la legislación que regula el despacho aduanero, podrá determinar excepciones a la utilización del Precinto Electrónico de Monitoreo Aduanero (PEMA) y autorizar el traslado de la mercadería con custodia aduanera, en forma individual o combinada con la utilización del Precinto Electrónico de Monitoreo Aduanero (PEMA).
La presente medida entrará en vigencia el 29 de abril de 2021 y será de aplicación conforme el cronograma de implementación que estará disponible en el micrositio “Iniciativa de Seguridad de Tránsito Aduanero” (https://www.afip.gob.ar/ista/).
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