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ARCA implementa el Decreto 682/25 y habilita alícuota cero para granos y subproductos

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó la Resolución General 5760, mediante la cual reglamenta las condiciones que deben cumplir los exportadores de productos agrícolas para acceder a la reducción de la alícuota del Derecho de Exportación (D.E.) establecida por el Decreto 682/2025.

Conforme a este decreto, la alícuota se fija en cero por ciento (0%), aplicándose desde hoy, 23 de septiembre, hasta el 31 de octubre de 2025, o hasta alcanzar los USD 7.000 millones en Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE) registradas, lo que ocurra primero.

Para acceder al beneficio, los exportadores deben:

  • Validar en la DJVE la declaración de liquidación de al menos el 90% de las divisas en el plazo requerido.
  • Liquidar las divisas entre la entrada en vigencia del Decreto 682/25 y hasta tres días hábiles posteriores a la aprobación de la DJVE, mediante cobros de exportaciones, anticipos de liquidación o pre/postfinanciación externa.
  • Informar el monto de divisas ingresadas al país o negociadas en el mercado de cambios siguiendo las instrucciones del Banco Central.

En caso de incumplimiento, ARCA notificará electrónicamente y otorgará 48 horas para regularizar la situación, debiendo pagar la diferencia de tributos si no se justifica la liquidación de divisas.

La resolución entra en vigor desde hoy, 23 de septiembre, garantizando la aplicación inmediata del beneficio.

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