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AFIP habilitó la posibilidad de cancelar deudas por pago electrónico

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Los contribuyentes que deseen cancelar de manera anticipada sus deudas impositivas lo podrán hacer a través de un pago electrónico, a partir de la alternativa dispuesta por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

A través de la Resolución General 4407/2019 publicada este martes (29.1.2019) en el Boletín Oficial, la AFIP habilitó en el sistema informático denominado Mis Facilidades una nueva funcionalidad para efectuar la Cancelación Anticipada Total (CAT) de planes de pago vigentes a través de transferencia electrónica de fondos, mediante la generación de un Volante Electrónico de Pago (VEP).

A través de diversos planes de facilidades de pago vigentes, la AFIP posibilita la regularización en cuotas de las deudas impositivas, de los recursos de la seguridad social y aduaneras, así como sus intereses y multas.

Todos ellos contemplan la alternativa de solicitar la cancelación anticipada de la deuda comprendida en una única cuota, la que será debitada en la cuenta corriente o caja de ahorro habilitada.

En consecuencia, la AFIP consideró factible permitir a los sujetos interesados optar por cancelar de manera anticipada su deuda mediante el procedimiento de pago electrónico a través de la generación de un VEP, a partir de una nueva funcionalidad en el sistema Mis Facilidades.

 

 
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