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AFIP extiende hasta el 1 noviembre próximo el plazo para que los importadores acrediten solvencia económica

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La AFIP extendió hasta el 1 noviembre próximo el plazo para que los importadores acrediten solvencia económica ante el fisco para actuar en el sector de comercio exterior, a través de la resolución general 4617/2019 publicada este miércoles (30.10.2019) en el Boletín Oficial.

La norma explica que la resolución general 3885 estableció el régimen aplicable para la constitución, prórroga, sustitución, ampliación y extinción de garantías otorgadas en resguardo del crédito fiscal originado en los tributos, impuestos, multas, recursos de la seguridad social, tasas, derechos y otras cargas cuya aplicación, percepción o fiscalización se encuentre a cargo de esta Administración Federal, incluyendo las destinadas a sustituir medidas cautelares preventivas.

Asimismo, la resolución general 4555 fijó, entre otras cuestiones, el plazo para la presentación de las garantías de actuación.

La presente medida subrayó que en atención a inconvenientes surgidos en las corridas de los procesos sistémicos para la determinación de la solvencia acreditada por los operadores de comercio exterior, corresponde modificar el plazo indicado anteriormente que era el 1 de octubre último.

Así estableció que la solvencia acreditada hasta el 31 de julio de 2019 por los importadores, exportadores y demás operadores del comercio exterior caducará automáticamente el 1 de noviembre de 2019, fecha hasta la cual se podrán presentar las garantías de actuación.

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