La Oficina General de la Administración Tributaria del Estado emitió un documento el 14 de abril para interpretar el «Anuncio de la Administración Estatal de Tributación sobre la Enmienda e Implementación del Protocolo sobre el Acuerdo entre el Gobierno de la República Popular China y el Gobierno de la República de Chile para evitar la doble imposición y la evasión fiscal» , lo que indica que China eximirá a las empresas chilenas de los ingresos derivados del negocio de transporte internacional por barcos o aviones en China, y Chile también dará a nuestras empresas de transporte internacional el mismo trato.
Se entiende que el «Protocolo sobre el Acuerdo entre el Gobierno de la República Popular China y el Gobierno de la República de Chile para evitar la doble imposición y la evasión fiscal» se firmó formalmente el 29 de mayo de 2018 en Santiago de Chile.
El artículo 1 del Protocolo estipula que las empresas del Estado contratante que se dediquen a negocios de transporte internacional en el otro Estado contratante por barco o avión estarán exentas de IVA en el otro Estado contratante. La Administración Estatal de Impuestos declaró que, de conformidad con las reglamentaciones, China eximirá a las empresas chilenas de los ingresos derivados de los negocios de transporte internacional por barco o avión en China, y Chile también otorgará el mismo trato a las empresas de transporte internacional de China.
Se informa que, de conformidad con el artículo 2, el Protocolo se aplica a los ingresos obtenidos a partir del 1 de enero de 2017.
Fuente: Beijing Youth Daily
Aduana News es el primer periódico argentino de aduanas en lanzar su versión digital. Con 20 años de experiencia, sus publicaciones e iniciativas apuntan a facilitar el conocimiento más relevante de las cuestiones aduaneras a fin de contribuir con el comercio seguro en la región.