La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó y simplificó, con vigencia inmediata, el procedimiento para la liquidación de reintegros de las exportaciones realizadas por vía aérea. La medida modifica la Resolución General 1.921 de 2005 y sus normas complementarias, con el objetivo de agilizar los trámites y facilitar el acceso a los beneficios para los exportadores.
Así lo establece la Resolución General 5745/2025, publicada hoy (14.08.2025), cuyo texto señala que “se elimina el cruce informático previo con el Manifiesto de Exportación (MANE) para operaciones aéreas” y se suprimen “las autoliquidaciones de derechos de exportación para envíos en consignación y exportaciones de cueros”.
Agilización
Con la nueva normativa, la liquidación de reintegros se realiza automáticamente a través del Sistema Informático MALVINA (SIM), verificando que el exportador cumpla con requisitos, por ejemplo, que esté habilitado, que la operación tenga registrado el “cumplido”, que se haya presentado la factura comercial, que no existan bloqueos o embargos, y que, cuando corresponda, el Banco Central haya dado su conformidad respecto de la liquidación de divisas.
La resolución también adapta la normativa a la eliminación de derechos de exportación sobre cueros, establecida en mayo de 2025, “a fin de garantizar condiciones igualitarias para la producción y exportación de estos materiales respecto del resto de los productos agroindustriales”, en consonancia con la automatización de los procesos aduaneros.
Como se indicó, la Resolución General 5745/2025 entra en vigencia de manera inmediata, desde su publicación.
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