InicioEntrevistasProcurador General del Tesoro de la Nación, Dr. Osvaldo Gugliermino

Procurador General del Tesoro de la Nación, Dr. Osvaldo Gugliermino

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Estas son demandas que entablan inversores extranjeros por empresas privatizadas que se encuentran amparadas por Tratados bilaterales que protegen las inversiones extranjeras. Entonces ahora esta Procuración va a tener una enorme ocupación para atender semejante asunto que involucra enormes sumas de dinero y que atiende al Interés General y Público de una manera primordial. Este tema demandará mi atención personal. . Mas allá que aún no sabemos cuantos litigios entablarán, o bien prosigan, o que presentada la demanda inicien un proceso de renegociación y con ello la suspensión del proceso. Recién en esa oportunidad la Procuración podrá dimensionar y estructurar tiempos y recursos humanos.

¿ Qué desafí­os entiende importantes para la Procuración en ésta nueva etapa ?

Es esencial el marco internacional descripto. Pero también existe un desafí­o en el orden interno. Esta Procuración también deberá clarificar sobre un fenómeno particular que todos conocemos. El Estado está empobrecido y endeudado pero además todos estamos cubiertos por la doctrina del manto del garantismo. Nadie puede negar las virtudes y bondades del garantismo, pero tampoco podemos ocultar nuestra realidad económica. Pareciera ser entonces que son dos valores, o en todo caso dos fuerzas – importantes ambas – pero que por cierto vienen en sentido opuesto. Entonces existe una contradicción entre un Estado hipergarantista con un Estado hiperendeudado.
Hay que buscar el equilibrio, entre el derecho de defensa de los administrados con el derecho que esos mismos administrados tienen de tener un Estado fuerte.
Un Estado que le pueda garantizar sus derechos. Me parece que la crisis económica es la fiebre pero no la infección. Y la crisis del Estado no comienza en las organizaciones estatales, sino donde se manifiesta. La crisis que existe en las organizaciones estatales, es la crisis que hay en cada ciudadano.
Es el correlato de la crisis de cada ciudadano. Es como aquel individuo que tira la botella por la ventanilla del auto
Aquí­ hay un olvido, y es que el Estado es la suma de todos los ciudadanos, no es el gobierno. Este solo es el que administra la cosa pública, por ello al Presidente de la Nación se lo llama Primer Mantatario, el mandante es el soberano, es decir el pueblo.
A esta Procuración le toca una labor dura, ardua, hasta incluso procurar leyes, programando por caso aquella sobre – reglamentar la legitimación de las acciones colectivas – porque hoy los actos estatales se encuentran en un estado muy labil, muy inestables, porque están sometidos ad referéndum de todos los jueces federales competentes del paí­s lo que le quita estabilidad a los actos estatales, a los actos administrativos. Es que luego del fracaso del proyecto de la década del noventa que se cimentó sobre decretos de necesidad y urgencia el acto administrativo ha perdido la presunción de legitimidad impuesta por la ley.
Por eso el acto estatal está sospechado. Por eso esta administración y esta Procuración tienen que tratar de recuperar la confianza y la presunción de legitimidad de los actos administrativos. Debemos avanzar en éste sentido, de lo contrario no podremos avanzar. Es una labor muy dura, difí­cil pero a la vez estratégica y esencial, es decir tratar nuevamente que cada acto administrativo detente la presunción de legitimidad que le fue confiada por ley.

¿ Qué grado de compromiso debe primar, la Justicia o los intereses del Estado atento sus calificados antecedentes como Juez Federal de la Nación del fuero en lo Contencioso Administrativo ?

Sucede que ante este cambio de rol sigue primando la coherencia que siempre tuve. Al menos desde que asumí­, no debí­ decir nada distinto de lo que dije en mi condición de Juez Federal. Por ejemplo, tres meses antes de asumir en este cargo resolví­ decretar la inconstitucionalidad de la ley que modificó la Ley de Procedimientos que prohí­be a los Jueces la imposición de astreintes a los funcionarios. Por caso, siendo Juez advertí­ el incumplimiento de una orden judicial, pero si bien ese incumplimiento lo efectuaba un organismo del estado, también y por cierto quien debí­a cumplir la orden judicial era una persona de carne y hueso. Y por tanto, quien era responsable de esa omisión era el propio funcionario y no el organismo público. Y entonces así­ fallé y así­ sigo pensando, más allá de mi nueva condición de Procurador del Tesoro de la Nación.
En realidad parecerí­a ser que la pregunta es que debe primar el interés general o el interés privado, pero no lo entiendo así­. Porque por cierto la Justicia y el interés particular y la justicia y el interés general, es Justicia y Estado. No existe contrariedad, quizás sí­ un orden de prioridades. Por caso a diario existen prioridades que deben resolverse, y no por ello significa que se cercene un derecho en desmedro de otro, sino quizás la atención prioritaria de intereses generales de mayor envergadura que prevalecen sobre un interés particular. Porque debe priorizarse intereses más importantes. Por ello entiendo que el Estado debe proteger a todos, determinando las prioridades, pero en el mundo del ser, no en el deber ser. Si el Estado no tiene el dinero para satisfacer los dos intereses, debe asistir primeramente el que responde al interés general. Pero esto no es una opción en desmedro de la otra, no es que pueda optar, sino que primeramente debe atender el interés general respetando el particular. No hay opción posible, el Estado vela por los dos.

¿ Con qué Planta y Estructura cuenta hoy la Procuración del Tesoro ?

La Procuración en términos históricos cuenta con seis Direcciones, y una Escuela que deseo prestarle mucha atención, a tal punto que tengo intenciones de reunirme con las Asociaciones de Derecho Constitucional, Derecho Administrativo y Derecho Procesal, así­ como otras que pudieren tener incumbencias. Quiero darle mucha jerarquí­a a esa actividad académica. Y tiene aquellas dos Direcciones tan activas, la de Dictámenes y la Judicial. Esta última es en la que el Procurador dicta instrucciones para los servicios jurí­dicos estatales, o bien asume la representación. Existe alguna necesidad de personal debido especialmente a la gran demandabilidad que se ha producido en los últimos años pero que sin perjuicio de ello está funcionando bien. En este momento se encuentra en trámite un Decreto del Poder Ejecutivo para la creación de una Dirección para temas Internacionales -que tiene que ver con los temas que referí­ al inicio-. Es que resulta evidente la necesidad que tiene la Procuración de disponer de esa Dirección por la importancia que tienen todos esos temas, así­ como personal altamente especializado en esas cuestiones, ya que si bien hoy los tiene, pensamos que muy pronto deberemos contar con mayores recursos humanos, aspecto que por cierto se soluciona en muy poco tiempo y así­ pienso ocurrirá. Pero además, debo destacar el grado de compromiso y dedicación que tienen los funcionarios del organismo.

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