Mediante la Resolución General 5575/2024, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha dispuesto actualizar el procedimiento por el que se declara la Comunicación de Embarque de la mercadería destinada a la exportación. Esta iniciativa también incluye la definición de los requisitos y las condiciones del “Operadores de Muelle” (OPMU), responsables de las operaciones de carga y descarga en los puertos, con el objetivo de optimizar el control aduanero sobre las operaciones de comercio exterior.
Estos cambios han sido formalizados en el Boletín Oficial del día de hoy (26.09.2024), donde se manifiesta que se considera oportuno la adecuación de las Resoluciones Generales Nros. 1.921 y 2.570, sus respectivas modificatorias y complementarias, y la abrogación de la Resolución N° 3.022/93 (ANA), para “mejorar la calidad del servicio aduanero así como implementar la simplificación y digitalización de los procesos que permitan promover el cumplimiento voluntario de las obligaciones y perfeccionar el control aduanero”.
La AFIP fundamenta esta medida en el Marco Normativo SAFE (Asegurar y Facilitar el Comercio Global) de la Organización Mundial de Aduanas (OMA). Este marco recomienda los requisitos de información anticipada sobre los movimientos de cargas. Esto busca facilitar el comercio internacional y aumentar la certidumbre y predictibilidad en la cadena logística global.
Además, con el fin de reducir los costos y acortar los tiempos para la exportación e importación de mercaderías, el marco SAFE pone énfasis en la simplificación de los requisitos documentales y en la modernización y armonización de los procedimientos aduaneros, promoviendo un comercio más eficiente y ágil.
De esa manera, la presente Resolución General tiene vigencia inmediata y la implementación de sus disposiciones se efectuará conforme al cronograma que estará disponible en el micrositio “Comunicación de Embarque” del sitio “web” de esta Administración Federal (https://www.afip.gob.ar).
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