El día de hoy (20.01.2025) se formalizó mediante la Resolución General 5638/2025 un procedimiento excepcional destinado a los agentes de percepción y liquidación del Impuesto para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS) que hayan ingresado percepciones en exceso en relación con la obligación tributaria correspondiente.
De acuerdo con la normativa de ARCA, los contribuyentes podrán optar por la devolución de los saldos a favor a través de un mecanismo de compensación. Esta medida se aplicará específicamente contra el impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias, lo que permitirá regularizar los pagos realizados en exceso.
Para realizar la devolución del saldo a favor, los agentes deberán exteriorizar dicho saldo mediante la presentación del formulario de declaración jurada F.744, correspondiente a los meses de diciembre de 2024 y enero a marzo de 2025. Este formulario se podrá generar a través del sistema SICORE.
La utilización del saldo a favor se podrá gestionar a través de la opción “Compensación” del servicio con clave fiscal denominado “Sistema de Cuentas Tributarias”. Este saldo podrá aplicarse al pago de las sumas percibidas y/o del importe correspondiente al impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias, de los períodos devengados entre enero y abril de 2025, incluyendo tanto el capital como los intereses.
Es importante destacar que la utilización del saldo a favor del Impuesto PAIS podrá realizarse hasta el 30 de mayo de 2025, inclusive.
Respecto a la utilización del saldo a favor, se establecieron las siguientes limitaciones:
- Hasta el 31 de enero de 2025 (inclusive): No podrá exceder el 33,33% del saldo a favor declarado hasta esa fecha.
- Hasta el 28 de febrero de 2025 (inclusive): No podrá exceder el importe resultante de restar el 66,66% del saldo a favor total declarado hasta esa fecha, del monto utilizado en el período mencionado previamente.
- Desde el 1 de marzo de 2025 hasta el 30 de mayo de 2025 (ambas fechas inclusive): Podrá utilizarse el 100% del saldo a favor remanente.
Esta medida entra en vigor de forma inmediata.
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