A lo largo de 2024, el mercado de cambios se ha caracterizado por un proceso de ordenamiento en los pagos de importaciones de bienes y servicios, acompañado de una flexibilización gradual durante los últimos meses.
Este enfoque ha permitido regularizar el flujo de pagos al exterior, eliminando desde el inicio las SIRAs y SIRASEs como requisito para acceder al mercado de cambios.
Desde el 13/12/2023 se podían pagar bienes oficializados desde esa fecha y al comienzo el régimen de pagos era de 4 pagos iguales de 25% cada cuota a 30, 60 90 y 120 días .
- Los bienes de combustible se podían pagar sin plazo contra el despacho a plaza.
- Los medicamentos y fertilizantes se podían pagar a 30 días del despacho.
- Los automóviles y bienes suntuarios se podían pagar a 180 días de la fecha del
- despacho.
Con el paso del tiempo, se logró establecer un esquema de pago a 30 días para los bienes de la canasta básica. Posteriormente, se incorporaron los bienes importados por las Mipymes.
El plan inicial de pago en 4 cuotas se redujo progresivamente a 60 días y, actualmente, es posible abonar en una sola cuota a 30 días desde la nacionalización de los bienes.
Actualmente, todos los bienes pueden abonarse a 30 días desde la fecha del despacho a plaza, mientras que ciertos combustibles cuentan con la opción de ser pagados directamente en el momento del despacho a plaza.
En el año anterior, hasta septiembre de 2023, se había liquidado el 13% de los despachos a plaza a través del mercado de cambios.
Al 30 de septiembre de 2024, el 100% de los despachos a plaza ya habían sido pagados a través del mercado de cambios. Actualmente, ese porcentaje alcanza el 150%, ya que se están regularizando cuotas correspondientes a meses anteriores.
Esto refleja una notable regularización de los flujos de pagos al exterior por bienes y servicios desde el 13 de diciembre de 2023, en un contexto sin SIRAs ni SIRASEs. Este avance ha sido impulsado por la mejora de diversas variables macroeconómicas, como el superávit fiscal, la reducción del gasto público, el control de las emisiones monetarias, la disminución de la inflación y el incremento de los ingresos por exportaciones de bienes y servicios, entre otros factores.
Ante lo expuesto, el especialista Luis Ricardo Demarco, comprometido con la simplificación y comprensión de estas normativas, presenta un resumen claro y accesible, especialmente dirigido al sector del comercio exterior argentino.
El esquema es el siguiente:
EXPORTACIONES DE BIENES Y SERVICIOS
- Comunicación “A” 8137 (28/11/2024)
IMPORTACIONES DE BIENES
- Comunicación“A” 8133 (21/11/2024)
-Pago a la vista y/o pago diferido de importaciones de bienes que se concreten;
-Pago a la vista y/o pago diferido de importaciones de bienes que se concreten;
-Pagos anticipados de bienes de capital B12 en la medida que se concreten;
-Pagos anticipados de servicios a partir del 13/12/2023 en la medida que se concreten;
-Pagos anticipados o vista de bienes de capital para empresas MiPyme COM A 7990.
- Importaciones bienes hasta 12/12/2023
IMPORTACIONES DE SERVICIOS
DISPOSICIONES VARIAS DEL BCRA
- Comunicación “A” 7935 (28/12/2023)
- Comunicación “A” 7941 (11/01/2024)
En detalle:
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