Desde hoy, 17 de marzo de 2025, el Ministerio de Economía, a través de la Dirección Nacional de Gestión de Política Industrial, ha abierto la convocatoria para solicitar la asignación del cupo de importación de hasta 50.000 vehículos eléctricos para el año 2025. Esta medida se enmarca en el reciente Decreto N° 49/25 y la Resolución N° 29/25 de la Secretaría de Industria y Comercio.
De este modo, la Disposición 30/2025 establece el siguiente detalle:
La distribución del cupo de importación, que se dividirá en dos categorías:
- 25.000 unidades para empresas terminales radicadas y con producción en Argentina.
- 25.000 unidades para personas físicas o jurídicas que no cumplan con las condiciones de la primera categoría.
Tipo de Vehículos Alcanzados. La convocatoria está destinada a la importación de vehículos nuevos, de pasajeros y comerciales livianos, clasificados en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur (N.C.M.) detalladas en el Anexo I del Decreto N° 49/25. Los vehículos deben contar con tecnologías específicas definidas en los artículos 1° y 2° del decreto y el artículo 4° de la Resolución N° 29/25. El valor FOB unitario máximo de los vehículos no debe superar los USD 16.000.
Criterios de asignación. Las solicitudes serán ordenadas según:
- Mes estimado de registro u oficialización de la mercadería.
- Precio de lista de venta al público en dólares estadounidenses, priorizando las ofertas más bajas.
En caso de solicitudes coincidentes en tiempo, se dará prioridad a la que haya declarado un menor precio de venta al público.
Plazos y modalidad de presentación. Los interesados deberán presentar sus solicitudes a través de la plataforma «Trámites a Distancia» (TAD) dentro de los 10 días hábiles desde la publicación de la disposición en el Boletín Oficial. Además, la documentación deberá incluir una declaración jurada de cumplimiento con la normativa vigente, incluyendo la Ley N° 24.449 sobre Tránsito y Seguridad Vial.
Vigencia y control. La Dirección Nacional de Gestión de Política Industrial verificará las importaciones asignadas y podrá solicitar documentación adicional a la ARCA. Los adjudicatarios podrán renunciar al cupo sin penalidad dentro de los 20 días hábiles; después de ese plazo, el incumplimiento podrá generar sanciones según la Resolución N° 29/25.
La medida entra en vigencia de forma inmediata y, como se indicó, queda abierta la convocatoria para la asignación del cupo de importación.
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