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Ley Modelo sobre Extinción de Dominio atrae cada vez más a los países de Latinoamérica

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La Ley Modelo sobre Extinción de Dominio es un instrumento jurídico que interesa cada vez más a Latinoamérica. Colombia, Ecuador, México, El Salvador, Honduras, Guatemala, Perú, Bolivia y Argentina adoptaron este mecanismo novedoso como respuesta eficaz contra el crimen organizado, ya que se dirige solamente a la persecución y retorno de los bienes obtenidos de la actividad ilícita.

En el reciente Foro Parlamentario sobre Inteligencia y Seguridad, realizado  los días 29 y 30 de junio en la ciudad de Panamá, expertos analizaron las ventajas de la Ley Modelo sobre Extinción de Dominio, aprobada por el Parlamento Latinoamericano y del Caribe (PARLATINO) en febrero de 2021.

El Director Regional de Crime Stoppers para el Caribe, Bermuda y América Latina, Alejo Campos, afirmó que “el recurso económico es la fuerza viva de la estructura criminal. Mientras ella esté intacta, la organización criminal nunca se va a debilitar”.

 “Según Naciones Unidas, el uno por ciento de estas ganancias son incautadas, es decir que el 99% permanece en poder de las organizaciones ilícitas”,  añadió el Asesor de Justicia de la Embajada de Estados Unidos en Panamá, Armando Padilla.

El especialista manifestó, en ese sentido, los distintos esfuerzos internacionales que han ido avanzando con herramientas prácticas que permiten la incautación de activos, como la Ley Modelo sobre Extinción de Dominio del PARLATINO.

“Este esfuerzo compartido por Colombia, Perú, México, El Salvador, Honduras, Guatemala, Bolivia, Ecuador y Argentina se caracteriza porque está dirigido a declarar la titularidad a favor del Estado de bienes cuyo origen es ilícito, mediante un proceso autónomo del proceso penal”, explicó Padilla.

 Asimismo, añadió que “el Ministerio Público es el organismo que realiza la investigación con el patrocinio de unidades de inteligencia financiera y solicitan a un juez la adopción de medidas cautelares jurídicas o materiales para ubicar e inmovilizar bienes de esa procedencia y estos fiscales solicitan a magistrados  especializados en extinción de dominio que se produzca al respecto”.

En ese contexto, Padilla sostuvo que “hay distintas variantes en los procedimientos. El proyecto de ley de Panamá, comentado por el Secretario General del Ministerio de Seguridad Pública, Jonathan Anier Riggs, propone que la acción sea jurisdiccional y de carácter oral”.

 “Lo importante de la extinción de dominio es la protección que ejerce sobre la propiedad que toda persona tiene y de la cual nadie puede ser privado arbitrariamente”, aclaró.

¿Cómo funciona la implementación de extinción de dominio en Argentina?

“En el caso argentino, el proyecto de extinción de dominio se impulsa en 2016, siguiendo el modelo de Colombia: este país había logrado remover los obstáculos constitucionales con esta acción  civil, autónoma, aplicada retroactivamente y prescriptible”, comentó el Diputado Nacional Luis Petri. Y afirmó que “nuestras constituciones no pueden ser garantes de la propiedad privada de las organizaciones criminales porque debe ser removida para retrotraerse a los Estados nacionales. De ahí la importancia de establecer una acción autónoma con fiscales especializados y procedimiento civil”.

El diputado argentino comentó que el proyecto original de extinción de dominio obtuvo media sanción de la Cámara de Diputados. Dos años después, el Senado lo aprobó, pero con diversas modificaciones con respecto al original de Diputados, el cual había tomado como ejemplo a la Ley Modelo de la Unidad de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito. A diferencia del proyecto de Diputados, el propuesto, que fue aprobado por el Senado y volvió a la Cámara baja para su segunda revisión, asociaba la ley de extinción de dominio al proceso penal y exigía una sentencia en primera instancia. Fue cuando el entonces Presidente Mauricio Macri firmó  un Decreto de Necesidad y Urgencia que propuso «extinguir por vía de una acción civil el derecho sobre los bienes que hayan sido mal habidos».

Según Petri, el decreto se mantiene vigente con la actual administración de Alberto Fernández, pero no se lo promovió ni se hizo que se cumpliera.  “No obstante algunas provincias como Mendoza modificaron su legislación procesal de fondo y en función de ese decreto establecieron la extinción de dominio para delitos contra la administración pública”, comentó el funcionario.

“Recientemente, hubo dos procesos en la provincia de Mendoza: uno de ellos sobre un funcionario público condenado por corrupción y  otro, sobre la extinción de dominio de tres vehículos de alta gama, tres propiedades y dinero en efectivo, en favor del Estado”, expresó.

Otros conceptos

A continuación, los expertos resaltaron otros aspectos de la Ley Modelo de Extinción de dominio como la protección de los terceros de buena fe en el proceso de extinción de dominio (personas ajenas a comportamientos ilícitos, pero que en virtud de un negocio jurídico son afectados directos), el destino social de los bienes (Ejemplo: el financiamiento de programas de atención y reparación a las víctimas de actividades ilícitas) y el deber de cooperación internacional de un Estado en lo relativo a las investigaciones y procedimientos cuyo objeto sea la extinción de dominio, cualquiera que sea su denominación. 

 “Ese instrumento sumado a la ley modelo de ciberseguridad y la ley modelo contra el crimen organizado son  tres elementos  fundamentales que se deben trabajar en conjunto para inspirar las legislaciones de los países de América Latina y el Caribe a los fines de su reforma o elaboración de una nueva”, expresó Alejo Campos al moderar el panel.

“Hay que dejar de pensar en las leyes como instrumentos independientes”, concluyó.

Algunos fundamentos de la  Ley Modelo sobre Extinción de Dominio

  • El principal objeto de la ley modelo es actuar sobre  la «organización» en cuanto factor central de la criminalidad organizada.
  • Las organizaciones criminales asociadas al narcotráfico, la trata de personas, el lavado de activos, y otros crímenes de naturaleza transnacional, han alcanzado una dimensión regional y han escapado al control de las instituciones nacionales.
  • El explosivo desarrollo de la tecnología proporciona amplias ventajas a las organizaciones criminales para ocultarse y maximizar operaciones ilegales.
  • Tal situación, hace necesaria una estrategia territorial para enfrentar el delito que se organiza regionalmente.
  • En consecuencia, es imprescindible atacar no solo los medios y mecanismos utilizados por estas organizaciones para sus actividades delictivas, sino también las ganancias, el producto y el provecho de estas actividades ilícitas.
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