La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) amplió el régimen de facilidades de pago al incluir las deudas vencidas hasta el 30 de abril último, según la resolución general 4541.
Así lo establece la normativa publicada este jueves (01.08.2019) en el Boletín Oficial cuyo texto dice «establécese un régimen de facilidades de pago en el ámbito del sistema “Mis Facilidades”, aplicable para la cancelación de obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, retenciones y percepciones impositivas, vencidas hasta el día 30 de abril de 2019, inclusive, con sus respectivos intereses y multas«.
La resolución, firmada por el titular de la AFIP, Leandro Germán Cucciolli, dispone las siguientes condiciones de pago, según el Anexo:
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