El Gobierno reglamenta los principios de distribución y asignación de la Cuota Hilton para los próximos cuatro ciclos, mediante un decreto 337/2019.
La reglamentación de la distribución del cupo de cortes enfriados vacunos sin hueso de calidad superior que la Unión Europea asignó al país, con estándares de claridad y certeza, para los próximos ciclos comerciales, se publicó en el Boletín Oficial de este martes (28.05.2019).
El decreto señala que «será de aplicación para los ciclos comerciales comprendidos entre el 1° de julio de 2019 y el 30 de junio de 2023″.
Se aclara que «para el ciclo comercial comprendido entre el 1° de julio de 2019 y el 30 de junio de 2020 se utilizará el criterio de antecedentes de exportación de cortes Hilton del año 2018«.
En tanto para los siguientes períodos (2020/21, 2021/22 y 2022/23), «se utilizará el criterio de antecedentes de exportación de cortes Hilton y no Hilton, a todo destino, correspondiente a los tres (3) años calendarios anteriores inmediatos, con las ponderaciones que se establezcan para llegar a un equilibrio entre ambos cortes al final del período«.
El decreto crea un «fondo de libre disponibilidad» para el remanente adjudicado pero no exportado.
El Fondo de Libre Disponibilidad «estará integrado por las toneladas que no resulten asignadas, las toneladas a las que los beneficiarios renuncien voluntariamente en el plazo que la autoridad competente determine y las toneladas que surjan de la pérdida de diferencia de tonelaje no exportado«, señala el texto.
La reglamentación firmada por el presidente Mauricio Macri, el jefe de Gabinete, Marcos Peña y el ministro de Producción y Trabajo, Dante Sica, entrará en vigencia a partir del 29 de mayo de 2019.
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