La Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa declaró procedente la apertura de una investigación por presunto dumping en las operaciones de exportación hacia la Argentina de torres eólicas industriales de acero y sus partes, originarias de China.
La medida fue adoptada mediante la Resolution 218/2026, tras una solicitud presentada por GRI Calviño Towers Argentina S.A. y luego de que la Comisión Nacional de Comercio Exterior (CNCE) determinara que existen elementos de prueba suficientes sobre la posible existencia de dumping, amenaza de daño importante a la industria nacional y relación de causalidad entre ambos factores.
El producto investigado comprende las torres eólicas industriales de acero —de forma cónica o no— y sus partes, con una altura mínima de 50 metros, clasificadas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) 7308.20.00 y 8502.31.00.
De acuerdo con el análisis preliminar, la CNCE determinó un margen de dumping promedio ponderado del 46,39% para las operaciones de exportación originarias de China. Asimismo, señaló que las importaciones investigadas ingresaron al mercado argentino a precios significativamente inferiores a los de la producción nacional.
Si bien el organismo no verificó la existencia de daño importante durante el período analizado, consideró que existen elementos que permiten presumir una amenaza de daño para la industria local. Entre los factores evaluados se destacó la posible participación de proveedores chinos en futuros proyectos eólicos, la presión sobre los precios internos y el impacto potencial sobre la producción, la utilización de la capacidad instalada y el empleo.
La CNCE también remarcó la importancia estratégica del sector energético y señaló que las torres eólicas constituyen bienes de capital esenciales para la infraestructura de generación eléctrica del país.
La apertura de la investigación constituye una instancia inicial de los procedimientos de defensa comercial, que podrían derivar —si se confirman las condiciones previstas por la normativa— en la aplicación de derechos antidumping sobre las importaciones investigadas.
La Resolución 218/2026 entrará en vigencia el 17 de julio de 2026, día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
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