InicioTributarioEl Gobierno publicó los cambios en el Impuesto a las Ganancias

El Gobierno publicó los cambios en el Impuesto a las Ganancias

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El Gobierno oficializó el aumento del 20% en el mínimo no imponible y la deducción especial del Impuesto a las Ganancias, medida anunciada por el presidente Mauricio Macri, mediante el decreto 561/2019.

La normativa de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), publicada en el Boletín Oficial de este jueves (15.08.2019) determina: “La magnitud de los acontecimientos económico-financieros que afronta el país requiere que todas las áreas del Gobierno Nacional aúnen esfuerzos para brindar soluciones inmediatas y efectivas para amortiguar su impacto en el ámbito social, económico y productivo”. En tanto, la AFIP será quien reduzca un 50 % los anticipos que deban ingresar los autónomos por Ganancias, para los meses de octubre y diciembre del ejercicio de este 2019. 

De esta manera, también bonificarán el impuesto integrado de septiembre de 2019, para los pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo), que hayan cumplido con el ingreso de las cuotas del impuesto de los períodos de enero a agosto de este año. En este caso, AFIP establecerá las modalidades y condiciones en que procederá la bonificación.

Así, según manifiesta la medida, será el Estado quien financie el aporte personal de los trabajadores en relación de dependencia que se devengue durante los meses de agosto y septiembre del año 2019, en $2.000 mensuales o al 100% de su valor, lo que resulte menor. Además, para los contratos a tiempo parcial, el importe consignado se proporcionará al tiempo trabajado considerando la jornada habitual de la actividad.

También deberá efectuarse la proporción que corresponda, en aquellos casos en que, por cualquier motivo, el tiempo trabajado involucre una fracción inferior al mes. En este sentido, los empleadores que tengan a su cargo el pago de la remuneración detraerán del descuento que les corresponda practicar, la suma que resulte de la aplicación de lo dispuesto en esta medida.

De este modo, este aspecto de la norma regirá sólo para quienes tengan una remuneración bruta mensual devengada en el mes de que se trate de hasta $60.000. Así, desde el Gobierno expresaron que “las erogaciones que demande el cumplimiento de estas disposiciones se financiarán con aportes del Tesoro Nacional, no viéndose afectados los recursos del Sistema Previsional Argentino (SIPA) ni los derechos conferidos a los trabajadores por tal sistema”.

En tanto, según la norma que entrará en vigencia a partir de mañana el Ejecutivo someterá a consideración del Congreso de la Nación un proyecto de ley, “con el objeto de que no sean alcanzados por el gravamen los ingresos que no hayan sufrido retención en razón de la medida que se propicia”, expresa el texto firmado por el presidente Mauricio Macri, el jefe de Gabinete, Marcos Peña y el ministro de Hacienda, Nicolás Dujovne.

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