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El Gobierno Nacional moderniza y unifica los controles sanitarios de alimentos importados

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El Gobierno Nacional llevó adelante la modernización y unificación de los procedimientos de control sanitario de alimentos importados, adaptándolos a estándares más eficientes y coordinados, mediante la promulgación del Decreto Nº 790/2025.

La norma, publicada este martes (11.11.2025), modifica el Decreto Nº 1812/1992, estableciendo que las importaciones que cuenten con certificaciones de libre venta o documentos equivalentes emitidos por autoridades sanitarias de países con altos niveles de vigilancia no estarán sujetas a controles adicionales. Según el texto oficial, la iniciativa busca “garantizar la inocuidad y calidad de los productos que ingresan al territorio nacional”, al mismo tiempo que simplifica y agiliza los trámites de comercio exterior.

Unificación de controles

La medida unifica los procedimientos de inspección que antes estaban dispersos entre distintos organismos y normas, evitando duplicaciones. Así, SENASA será responsable de los controles previos al ingreso a plaza para productos de origen animal o vegetal que no estén acondicionados para su venta directa al público, mientras que la ANMAT realizará los controles posteriores al ingreso a plaza de los productos acondicionados para la venta directa, dentro de su área de competencia.

Exenciones por certificados

Como se indicó anteriormente, el decreto establece que los alimentos con certificación de libre venta o documentos equivalentes emitidos por autoridades competentes de países con adecuados niveles de vigilancia sanitaria no estarán sujetos a controles adicionales. Entre los países cuyas certificaciones eximen de controles adicionales, según el nuevo Anexo III del Decreto Nº 2126/1971, se incluyen:

  • Canadá
  • Estados Unidos de América
  • Mancomunidad de Australia
  • Nueva Zelanda
  • Estado de Israel
  • Japón
  • Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte
  • Países miembros de la Unión Europea
  • Países miembros de la Asociación Europea de Libre Comercio
  • Aquellos con Tratados de Integración Económica o Acuerdos de Reciprocidad en materia higiénico-sanitaria

El decreto incorpora un enfoque basado en gestión de riesgo, permitiendo focalizar los recursos de control en los productos que representen mayor riesgo sanitario o fitosanitario.

Con esta actualización normativa, Argentina optimiza la coordinación entre las autoridades sanitarias, simplifica los trámites, evita superposiciones de controles y fortalece tanto la protección de la salud pública como la eficiencia del comercio exterior.

Acceda a la norma completa.

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