En el marco de las acciones de vigilancia y de la emergencia sanitaria, el Gobierno Nacional oficializó este jueves (23.02.2023) «medidas sanitarias extraordinarias» para mitigar el riesgo de diseminación del virus por Influza Aviar (IA).
La Resolución 166/2023, publicada en el Boletín Oficial, indicó que quedan prohibidas las «concentraciones de aves», por lo que no se podrán realizar «exposiciones, ferias, eventos y actividades recreativas que impliquen concentración y movimiento de aves domésticas, ornamentales y silvestres». También se vetó su distribución, venta y traslado.
En tanto, se exigirá la documentación sanitaria que ampare el movimiento de aves por cualquier motivo o finalidad. En caso de que se carezca de dicha autorización, se procederá al decomiso inmediato de los animales.
Asimismo se formalizó la exigencia para la importación de aves de corral: «Se establecen medidas extraordinarias para la autorización de ingreso de genética aviar a la Argentina y su traslado dentro del país, independientemente de la situación sanitaria del país exportador».
Las autoridades de Argentina establecieron, la semana pasada (Resolución 147/2023) la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional tras la detección del primer caso de gripe aviar; además, anunciaron un refuerzo de los controles en frontera, las evacuaciones dentro del territorio argentino y un aumento de las rondas de trabajo en los parques provinciales y nacionales.
En esa línea, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) aclaró que el virus de IA se encontró en aves silvestres, por lo que Argentina preserva el estatus sanitario.
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