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El Gobierno amplía la nómina para Licencias No Automaticas

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El Gobierno amplió la nómina para Licencias No Automaticas de Importación, mediante la Disposición 9/2020.

La normativa de la Subsecretaría de Política y Gestión Comercial del Ministerio de Desarrollo Productivo, publicada este miércoles (20.05.2020) en el Boletín Oficial, procede a modificar la Resolución 523/2017 que había establecido el sistema de Licencias Automáticas y No Automáticas de importación, para todas las mercaderías comprendidas en la Nomenclatura Común del Mercosur.

La medida sostiene que el sistema de licencias resulta una herramienta clave para determinar la política comercial externa con criterio productivo, en consideración a la situación actual de las relaciones comerciales internacionales y, que en función de ello, se ha determinado la necesidad de evaluar los flujos comerciales de ciertas mercaderías; por lo que resulta necesario, siempre según los considerandos de la citada norma, la modificación de la Resolución 523/2017 a fin de incorporar mayor cantidad de mercaderías a la tramitación de Licencias No Automáticas.

Es por ello que a partir de la entrada en vigencia de la nueva normativa, se ha procedido a sustituir los Anexos que formaban parte de la Resolución 523/2017 y forman ahora parte de la actual Disposición 9/2020, tal como el art. 1 de esta norma especifica, a saber:

ARTÍCULO 1º.- Sustitúyense los Anexos II, V, VIII, IX, XI, XIII y XIV de la Resolución N° 523 de fecha 5 de julio de 2017 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y sus modificatorias, por los Anexos I (IF-2020-32295643-APN-SSPYGC#MDP), II (IF-2020-32295724-APN-SSPYGC#MDP), III (IF-2020-32903290-APN-SSPYGC#MDP), IV (IF-2020-32295873-APN-SSPYGC#MDP), V (IF-2020-32904055-APN-SSPYGC#MDP), VI (IF-2020-32296073-APN-SSPYGC#MDP), y VII (IF-2020-32296623-APN-SSPYGC#MDP), respectivamente, que forman parte integrante de la presente medida.-

Aquellas mercaderías que se encuentren comprendidas en la nueva normativa el régimen de Licencias NO Automáticas pero que con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente norma contaren con aprobación de Licencias Automáticas, seguirán gozando de tal condición en tanto sean utilizadas o hasta que se agote el plazo por el cual fueron otorgadas, según lo que primero ocurra.

La nueva medida, firmada por el subsecretario de Política y Gestión Comercial, Alejandro Barros,  comenzará a regir a partir del 21 de mayo de 2020.

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