El Gobierno determinó que la Comisión Nacional de Comercio Exterior, tendrá la autoridad de análisis, investigación y regulación en la determinación del daño material a la producción nacional en las situaciones previstas en la legislación sobre comercio internacional de la Argentina, mediante la resolución 381/2019.
La medida, publicada en el Boletín Oficial de este viernes (31.05.3019),establece que se «asigna a la Comisión Nacional de Comercio Exterior, organismo desconcentrado en la órbita de la Secretaría de Comercio Exterior del Ministerio de Producción y Trabajo, la facultad de determinar la eventual existencia de competencia comercial desleal y, en su caso, calcular su magnitud, realizando la instrucción del procedimiento y emitiendo las determinaciones correspondientes, conforme los plazos procedimentales vigentes en cada investigación, como así también la facultad de emitir el informe previsto en el artículo 10, inciso b) del Decreto N° 1059 del 19 de septiembre de 1996, relativo a las investigaciones por salvaguardias, conforme los plazos procedimentales vigentes en cada investigación».
Además, el texto oficial aclara que «una vez efectuadas las intervenciones previstas por el artículo precedente, las actuaciones deberán ser remitidas a la Secretaría de Comercio Exterior del Ministerio de Producción y Trabajo para la prosecución de su trámite».
La resolución entrará en vigor a partir del 3 de junio de 2019.
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