Se sustituye el procedimiento para los sujetos que reciban envíos de mercaderías provenientes del exterior, unificando la liquidación del arancel único aduanero y la “Tasa de servicio y almacenaje” del Correo Argentino.
La AFIP decidió agilizar el mecanismo de compras en el exterior.
Los cambios se dieron a conocer a través de la resolución general 4141 publicada el lunes (09.10.2017) en el Boletín Oficial:
Se sustituye el procedimiento para los sujetos que reciban envíos de mercaderías provenientes del exterior, unificando la liquidación del arancel único aduanero y la “Tasa de servicio y almacenaje” del Correo Argentino.
Cuando te corresponda pagar un arancel único del 50% sobre el valor del producto, deberás presentarte en el Correo Oficial o en la Aduana correspondiente, con la “Declaración simplificada de envíos postales internacionales” y la constancia de pago efectuada.
El pago del arancel tenés que realizarlo mediante el Volante Electrónico de Pago (VEP), dentro de las 24 horas siguientes al momento que lo generaste, y deberá incluir la liquidación de la “Tasa de servicio y almacenaje” que corresponda al Correo Argentino.
Recordá que el servicio aduanero, luego de verificar la mercadería, podría solicitarte una declaración jurada rectificativa del valor y el pago adicional correspondiente.
La presente normativa está desde el 9 de octubre de 2017 y será de aplicación para los telegramas emitidos por el Correo Argentino a partir del 10 de octubre de 2017.
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